
Morena va contra drones usados contra fuerzas de seguridad: Nino Morales
Oaxaca, Oax. 23 de agosto de 2013 (Quadratín).- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca resolvió tres recursos de inconformidad y un recurso de apelación correspondientes a los municipios de Espinal, Matías Romero, Santa Cruz Xoxocotlán y Santiago Pinotepa Nacional.
En el primer recurso de inconformidad, Alicia López Matus, representante del Partido de la Revolución Democrática (PRD) ante el Consejo Municipal Electoral del Espinal, impugnó la declaración de validez de la elección de concejales de dicho municipio, alegó que la designación de Gastón Dehesa Valencia, como concejal a este ayuntamiento, fue ilegal porque en un principio participó como precandidato por la coalición Unidos por el Desarrollo y posteriormente lo hizo como candidato por el Partido Unidad Popular.
Ante esto, el Tribunal Electoral declaró infundados dichos agravios debido a que resultan inconstitucionales, ya que no es posible que por el hecho de que un ciudadano participe internamente en un partido político para alcanzar una candidatura, no pueda participar en otro donde sí le otorgan esa oportunidad, lo que se conoce como transfuguismo político, ya que de acuerdo con el art. 41 de la Carta Magna, es a través de ellos como se alcanza el acceso al poder.
Del mismo modo, la y los magistrados electorales confirmaron el acta de cómputo municipal de la elección de concejales al ayuntamiento del Barrio de la Soledad, Matías Romero, así como el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez a favor de la plantilla de candidatos electos postulada por la Coalición Unidos por el Desarrollo.
Por su parte, el Partido Movimiento Ciudadano, a través de su representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral de Santiago Pinotepa Nacional, impugnó la nulidad de las elecciones a concejales, al existir irregularidades en más de 30% de las casillas instaladas en el referido municipio.
Una vez analizado el caso, este órgano jurisdiccional declaró infundada la impugnación, ya que no se acreditó, con prueba alguna, la existencia de tales irregularidades, por lo tanto, confirmó los resultados consignados en el acta de sesión especial de cómputo, llevada a cabo por el Consejo Municipal Electoral de Pinotepa Nacional.
Para finalizar, el Pleno del Tribunal Electoral resolvió el recurso de apelación, y confirmó la resolución aprobada por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, en el que sancionó al Partido Socialdemócrata en el Estado y su candidato a concejal al ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán.