
Zedillo, jefe político de la intelectualidad de la derecha
Oaxaca, Oax. 23 de febrero de 2013 (Quadratín).- La presencia del Estado en la sociedad se hace sentir a través de la administración pública, siguiendo el esquema planteado por Hegel, se puede decir que lo general, universal y público del Estado se transforma en individual, particular y privado en la sociedad a través de la administración pública. La existencia de la acción administrativa del Estado no es posible entenderla sin la separación entre Estado y sociedad. La administración pública detalla la ley pública en su mínima expresión.
Un Estado fuerte, bien organizado, tiene su expresión más visible en su administración pública, por el contrario, la debilidad del Estado se manifiesta en la impotencia e ineficacia de su administración.
Para cumplir con su cometido la administración pública debe de cumplir con varios requisitos, entre los cuales se pueden citar los siguientes:
a).- Debe ser variable y el poder que la aplica flexible. Este requisito implica que la administración pública no debe tener como base la aplicación de reglas fijas, normas imperativas de una vez y para siempre, la relatividad es condición de una buena gestión pública, pues lo que funciona hoy puede no funcionar mañana es la regla. Son miles de géneros las necesidades de la población, además de la constante movilidad social que hacen imposible el establecimiento de reglas fijas. En la administración pública es necesario saber distinguir entre lo constante y lo variable para tener éxito como gobernantes y administradores.
b).- La administración debe ser análoga a las instituciones políticas. El posible divorcio entre las instituciones políticas y las administrativas no puede existir, debe de haber correspondencia. Un gobierno centralizado o federal le debe corresponder una administración centralizada o descentralizada. El divorcio entre las instituciones políticas y las administrativas dañan el desarrollo de un Estado, de una nación o a la población, la simulación debe ser estrictamente prohibida.
c).- Para fortalecer al Estado y promover un desarrollo social justo la administración debe tener unidad. Es indudable que para obtener un mejor éxito en los gobiernos la administración debe cumplir con este requisito. La unidad y la centralización administrativa no nacen como una expresión técnica sino que son necesariamente históricas y políticas. Vale decir de paso que las grandes revoluciones sociales, que se propusieron aminorar las desigualdades sociales, han sido revoluciones centralizadoras e unitarias.
En virtud de lo anterior, la administración, en cuanto acción y ejecución de todos los intereses, las necesidades de la sociedad, fomentando el bien, combatiendo el mal, mediante la sabiduría y previsión, de tal manera que se define como tutelar y poder benéfico, en razón de ello, tiene que tener características especiales, ante la magnitud de su cometido a saber: penetrante, voluntad firme, permanente su acción y su perseverancia infatigable.
Siguiendo al pensador español Manuel Colmeiro se puede decir que en primer lugar, la administración no sólo debe satisfacer las necesidades existentes, sino que tiene que prever las futuras; en segundo lugar, en la satisfacción de las necesidades no sólo debe buscar la conservación de la sociedad, sino también aquellas que la perfeccionen y desarrollen; en tercer lugar, las necesidades que debe satisfacer son las públicas; cuida siempre potenciar las iniciativas de la sociedad (Colmeiro, Manuel. Derecho Administrativo Español. Madrid, 1876). En resumen, la actividad de la administración se resume en: prever, ver y proveer; para ello requiere de la unidad necesaria.
d).- La Administración debe gozar de independencia en su accionar. Como la administración pública radica en el Poder Ejecutivo es menester que no dependa del Poder Legislativo, éste con su carácter deliberativo y colectivo sería un desastre que quisiera administrar la cosa pública. La independencia de la administración pública es garantía para su eficiencia y eficacia. La relación entre administración y el Poder Legislativo radica en su subordinación a las leyes que surgen del Legislativo. Lo más que puede hacer el Legislativo es aprobar algunos nombramientos del titular del Poder Ejecutivo y recibir los informes necesarios que hagan de la administración pública un órgano apegado a derecho.
e).- La responsabilidad es imperativa para la administración. La responsabilidad es antes que todo con la sociedad y el Poder Legislativo. Informar, rendir cuentas, evitar la corrupción de sus agentes administrativos es condición de una buena administración pública. Una administración pública que no se adapta a las circunstancias, que no es concordante a las instituciones políticas, que no goza de unidad, que no es independiente, que es irresponsable, que no es pronta, enérgica, activa, permanente, pronta y eficaz no sirve a la sociedad y se convierte en un lastre para la misma.
La naturaleza de la administración es eminentemente social pues nace de la sociedad y actúa en la sociedad, no sólo para su conservación sino también para su perfeccionamiento; es componente del Estado, en cuanto forma parte de este poder social que sintetiza la voluntad compleja, de intereses y da una dirección única a la actividad social de los asociados, en este sentido, a la administración le corresponde perfeccionar, concretar, y especificar al Estado, por ende, forma parte del poder político, entendido éste como la voluntad social expresada por el órgano de sus intérpretes legítimos y seguida de efectos; así, la administración es la ejecución de la voluntad que surge de la deliberación, de esta forma, en la clásica división de poderes, se puede decir que: el Legislativo piensa, el Judicial juzga, el Ejecutivo acciona.
Para plantear adecuadamente el concepto de administración pública, vale la pena citar la definición del padre de esta ciencia, el francés Charles-Jean Bonnin quien en su libro Principios de Administración Pública publicado en el año de 1809 en Francia, al siguiente tenor: definiré pues así la administración pública: es una potencia que ordena, corrige y mejora cuanto existe, y da una dirección más conveniente a los seres organizados y a las cosas. Como ciencia, ella tiene su doctrina propia determinada por la naturaleza de los objetos que abraza; como establecimiento social tiene sus elementos legislativos derivados de la naturaleza de las cosas que arregla. Instituida para velar en el Estado sobre las personas y bienes en sus relaciones entre sí y hacerlos concurrir a la común utilidad; es el gobierno de la comunidad en su acción ejecutiva directa de aplicación. Pasiva como voluntad determinante que es la ley, es activa como ejecución determinada. La ejecución de las leyes de interés general es su verdadera atribución (Bonnin, Charles Jean. Principios de Administración Pública. FCE. México, 2004. p. 380).
Los gobernantes deberán de ser muy responsables, prudentes e inteligentes para accionar a la administración pública, no es cuestión menor, pues con ello se está jugando el futuro de la sociedad que gobiernan.