
Aprueba Senado estrategia nacional de seguridad 2024-2030
Huajuapan de León, Oaxaca, Oax. 12 de agosto 2012 (Quadratín).- El consejero presidente de la Junta del distrito 03 Electoral, Román Santiago Mendoza, aseguró en entrevista que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), practicó diligencias de apertura de cuatro casillas de los autodenominados Pueblos Mancomunados pertenecientes al Distrito Judicial de San Juan Bautista Coixtlahuaca, con la finalidad de corroborar los resultados expresados en las actas de escrutinio de la Jornada Electoral que tuvo lugar el pasado uno de julio del año en curso.
El funcionario federal, precisó que en respuesta al juicio de inconformidad interpuesto por la coalición Movimiento Progresista (MP), fueron desahogadas diligencias en la sede de la Junta distrital 03, en esta ciudad mixteca, para aclarar presuntas inconsistencias en la elección para Presidente de la República.
Es para que se aclaren con precisión las supuestas inconsistencias asentadas en las actas y dar a conocer el numero real de votos para cada partido o coalición, así como los sufragios anulados y aquellos que presenten alteraciones serán analizadas por las instancias correspondientes; cabe precisar con exactitud debida, que los datos asentados en las respectivas actas de la jornada electoral del uno de julio, fueron hechas por funcionarios de casillas, con testimonios fidedignos de los representantes de los partidos políticos o coalición contendientes al proceso electoral, no fueron hechas en ningún momento por funcionarios de la Junta distrital 03, son datos de los propios ciudadanos que fungieron como funcionarios de casillas, una elección ciudadanizadas, indicó Santiago Mendoza.
Las casillas aperturadas por la autoridad judicial fueron las de San Mateo Sindihui (1314 contigua 1); San Miguel Piedras (1367 contigua 1); Yutandichi de Guerrero (2422 básica); y Huajuapan de León (0210 contigua 1), siendo un total de dos mil 157 boletas las que volvieron a ser computadas, de las cuales 598 corresponden a la casilla 0210; 419 a la casilla 2422; en tanto 428 corresponden a la casilla 1367 y finalmente 714 a la casilla 1314.
Abundó Santiago Mendoza, que la autoridad judicial que desahogó tales diligencias corroboró los datos precisados en las respectivas actas elaboradas por los funcionarios de casillas durante el día de la jornada electoral, que tuvo lugar el pasado uno de julio.
Asi mismo dio a conocer que en cuanto a la elección presidencial, la inconformidad la hizo valor el Movimiento Progresista, mientras que para la de diputados federales, la impugnación fue presentada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), quienes legítimamente les asiste el derecho de presentar sus respectivas inconformidades con las pruebas con cuenten para hacerlos valer ante la instancia superior que en este caso es TEPJF, para que en el marco legal esta resolverá en consecuencia lo que en derecho y justicia le asiste a cada partido o coalición, concluyó.
Foto: Karol Joseph Gálvez López