Obtiene Fiscalía de Oaxaca prisión de 75 años por secuestro en la Costa
México, D.F. 29 de agosto de 2009 (Quadratín).- El Juez Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca dictó el pasado 26 de agosto auto de formal prisión en contra de Artemio Juárez Valencia y Pascual García Almaraz, por su probable responsabilidad en la comisión del delito electoral previsto en el artículo 403, fracción VI del Código Penal Federal, hipótesis relativa a quien solicite votos a cambio de recompensa consistente en despensas-durante las campañas electorales.
A petición de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República (PGR), la autoridad jurisdiccional consideró que existen elementos para sujetar a proceso penal federal a los inculpados, quienes -en calidad de servidores públicos del Ayuntamiento de San Agustín Loxicha, Oaxaca- solicitaron a mujeres indígenas que votaran en las pasadas elecciones federales por el candidato de un partido político a diputado federal por el X Distrito.
A cambio de esta solicitud entregaron despensas de productos básicos, las cuales según el ofrecimiento- seguirían recibiendo en caso de que el aspirante ganara en los comicios del pasado 5 de julio, según consta en la causa penal 73/2009, derivada de la averiguación 576/FEPADE/2009 y su acumulada 655/FEPADE/2009, que se integraron a partir de la denuncia presentada por la Comisión Especial encargada de vigilar el correcto uso de los recursos públicos federales, estatales y municipales en el proceso federal electoral 2009 de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Ante estos hechos, la FEPADE integró la averiguación previa correspondiente, la cual aportó elementos jurídicos para ejercer la acción penal en contra de Artemio Juárez Valencia y Pascual García Almaraz, quienes se desempeñaban como Regidor de Educación y Presidente Municipal suplente respectivamente- de San Agustín Loxicha.
Para quien solicite votos por paga, dádiva, promesa de dinero u otra recompensa, durante las campañas electorales, el Código Penal Federal en su artículo 403, fracción VI, establece una pena de prisión de seis meses a 3 años y multa de 10 a 100 días de salario vigente.