Convocan a capacitarse en combate a la corrupción a nivel municipal
OAXACA, Oax. 1 de agosto de 2014 (Quadratín).- Con base en la Norma Oficial Mexicana (NOM-016-SSA3-2012), los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO) a través de la dirección de Regulación y Fomento Sanitario, mantienen la vigilancia en 124 clínicas y hospitales del sector privado en todo el estado, informó el director de la unidad, Hugo Luis Llaguno.
En entrevista señaló que esta normatividad establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
Añadió que se busca garantizar a los usuarios una atención médica de calidad, seguridad y eficiencia del sector privado.
Informó que durante el 2013 se verificaron 12 clínicas y hospitales, encontrándose las recomendaciones siguientes; falta de responsable sanitario, señalización de áreas, ausencia de etiquetado de líneas de gases, y en lo que va del primer semestre de este 2014, se han verificado nueve, de las cuales se observó la falta de procedimientos normalizados de operación.
Así como la delimitación de áreas de circulación restringida en las unidades quirúrgicas y no tienen cursa sanitaria en los ángulos, las puertas carecen de mirillas y el servicio de urgencias no cuenta con elementos divisorios fabricados con material antibacteriano.
Luis Llaguno dijo que personal verificador acude a las unidades donde constata las características de la infraestructura física, instalaciones, mobiliario y equipamiento con que cuentan los hospitales y consultorios para la atención médica especializada.
Detalló que esta norma es obligatoria para todos los establecimientos del sector cualquiera que sea la denominación, que tengan como finalidad la atención de pacientes que se internen para su diagnóstico, tratamiento médico, quirúrgico o rehabilitación.
Apuntó que los requisitos para que una clínica brinde el servicio es contar con la licencia sanitaria o aviso de funcionamiento correspondiente, y el encargado debe ser médico cuyo perfil, formación y experiencia sean acorde a las actividades de atención médica.
En relación a la infraestructura y equipamiento es de acuerdo con el tipo de hospital, grado de complejidad y capacidad de resolución que define el Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica y en lo particular, con las especificadas en la norma.
El funcionario dijo que todos los hospitales del sector privado deberán contar con manuales de procedimientos y de organización específicos para el manejo de emergencias, contingencias, así como desastres internos o externos, ocasionados por fenómenos de origen natural, con la finalidad de que se mantengan accesibles y funcionando en su máxima capacidad instalada.
Dijo que para mayor información para el aviso de funcionamiento o requisitos para apertura de una clínica u hospital, pueden acudir a las oficinas ubicadas en la calle de Colón número 628 en la ciudad de Oaxaca, o comunicarse a los teléfonos (01 951) 51 6 38 22 y 51 4 47 48, o en las seis Jurisdicciones Sanitarias ubicadas en el estado.