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MÉXICO, DF, 21 de mayo de 2015.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) aseguró 47 piezas de mangle blanco (Laguncularia racemosa) abandonados en los ejidos Chiltepec y Úrsulo Galván de los municipios de Paraíso y Jalapa de Méndez, respectivamente, en Tabasco.
En un comunicado la dependencia informa que interpondrá denuncia ante el Ministerio Público Federal para dar con el responsable de la tala ilegal de esta especie protegida.
En coordinación con elementos de Seguridad Pública de ese estado, personal de la delegación federal de la Profepa realizó un recorrido de vigilancia por la zona de Campo Mecoacán, ranchería Nicolás Bravo segunda y tercera sección; así como en la ranchería Anexo Reforma, donde ubicó la tala ilegal de mangle blanco.
Los inspectores corroboraron que en el lugar no había persona alguna que respondiera por las trozas de mangle, por lo que se procedió al aseguramiento precautorio del mismo y llevarlo a las instalaciones de la delegación para dar trámite correspondiente e interponer la denuncia penal.
En el estado de Tabasco se cuenta con mangle rojo (Rhizophora mangle), mangle blanco (Laguncularia racemosa), mangle negro (Avicennia germinans) y mangle botoncillo (Conocarpus erectus), todas enlistadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de Amenazadas (A).
Lo anterior indica que son aquellas especies que podrían llegar a encontrarse en peligro de desaparecer a corto o mediano plazo, si siguen operando los factores que inciden negativamente en su viabilidad, al ocasionar el deterioro o modificación de su hábitat o disminuir directamente el tamaño de sus poblaciones.
De acuerdo al artículo 420 del Código Penal Federal, a quien realice ilícitamente, cualquier actividad con fines de tráfico, posesión, trasporte de especies considerada endémica, amenazada, en peligro de extinción, sujeta a protección especial, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y el equivalente de 300 a tres mil días de salario mínimo de multa.
Además, al artículo 420 Bis estipula que se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de 300 a tres mil días de multa, a quien ilícitamente dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.