Las participaciones federales entran a subasta
Signos y Señales
MÉXICO, DF, 23 de noviembre de 2015.- Es importante la disciplina financiera en los tres órdenes del Gobierno -incluido el federal- no sólo al nivel subnacional y local, también en el central o federal. El centralismo no garantiza más eficiencia, transparencia u honradez, e ignora las asimetrías naturales de un país tan grande como el nuestro.
A nivel del gasto federalizado, toda la normatividad se define en el nivel central, sin considerar las opiniones de entidades y municipios. Como en los pari passus, que condicionan el acceso a recursos de programas federales, como en el caso de los desastre naturales. Ahí están los déficit que la dolosa aplicación del FAEB dejó a las entidades federativas, bueno casi en todas.
La Iniciativa de Ley de Disciplina Financiera en principio es correcta, sin embargo se sale de su ámbito y pretende condicionar el uso de ingresos fiscales propios -las participaciones lo son- de los niveles subnacional y municipal, violentado la autonomía de los propios congresos locales en materia de ingresos, presupuesto y gasto público, al querer etiquetar ingresos excedentes, derivados incluso de un esfuerzo recaudatorio mayor o un mejor ejercicio de su gasto.
No fue ese el espíritu del legislador.
Afortunadamente algunas entidades federativas ya se dieron cuenta de lo anterior y se ocupan para evitarlo.
La exposición de motivos de la Iniciativa tiene como finalidad, el uso responsable del endeudamiento como instrumento para financiar el desarrollo, a través de mayor eficiencia y transparencia en el uso de los recursos. Totslmente de acuerdo.
Pero, “no obstante lo anterior, más allá de únicamente regular el financiamiento y las obligaciones contratadas por las Entidades Federativas, atenta sobre la soberanía y autonomía presupuestal de los Estados”.
“En este sentido, pone límites a conceptos y modificaciones de gasto (servicios personales) y establece los porcentajes de asignación para distintos rubros (desastres naturales, pago de pasivos y financiamiento), incluso establece los porcentajes y conceptos de gasto de los ingresos excedentes que en su caso obtengan las Entidades Federativas al finalizar el ejercicio fiscal”.
Limitar desde el nive central los servicios personales, tendría graves efetoctos en la toma de decisiones en rubros que requieren personal adicional para cumplir sus funciones, como seguridad, salud, educación, etcétera.
Esta “Iniciativa transgrede las facultades de las Entidades Federativas y de sus Congresos Locales quienes soberanamente definen, determinan y autorizan la distribución de sus techos presupuestales y el uso de los recursos públicos de la Hacienda Pública local”.
El año fiscal, y esto se ha discutido ampliamente, empieza cuando se reciben los recursos, por ello es un error pretender que las transferencias condicionadas que no se han gastado al terminar el año, se reintegren a la TESOFE, -perdida para la entidad y ahorro presupuestal para el gobierno central-, lo cual contraviene lo que establecen otras normas federales, como la Ley de Coordinación Fiscal.
Existen Fondos del Ramo 33 sujetos a Convenio, como la parte de inversión del FAM, que para poder transferir y gastar los recursos, requieren del “palomeo federal” para los proyectos, lo que generalmente sucede por los meses de agosto y septiembre. En otros casos se están transfiriendo recursos en diciembre, que implican la celebración de procedimientos que sería imposible de realizar. Hay ejemplos de ello.
Ahora bien, dicha Iniciativa, en la mayoría de sus artículos establece disposiciones de carácter general y no toma en cuenta las caracterices particulares de cada Entidad Federativa, siempre en detrimento de las más pobres.
Etiquetar los ingresos excedentes, es un contrasentido, eso les corresponde a los congresos locales, pero si no se les tiene confianza, mejor adoptemos un sistema centralista como el de España.
Más delicado es querer condicionar a nivel federal, los recursos para servicios personales, lo cual también toca a los congresos locales.
No se puede imponer, es mejor concertar y sugerir, aunque se tarde su discusión un poco más. Ahí están la CONAGO y el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, así como la organización nacional de los contralores estatales.