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CIUDAD DE MÉXICO, 26 de octubre de 2017.- El Pleno del Senado aprobó que corresponda al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ejercer las facultades de vigilancia en materia de derechos de las audiencias para imponer las sanciones al concesionario y al defensor de las audiencias conforme a la ley.
El Instituto deberá garantizar que los concesionarios de uso comercial, público y social cuenten con plena libertad de expresión, programática, editorial y se evite cualquier tipo de censura previa sobre sus contenidos.
Luego de una polémica discusión en la que se retiró la bancada del PRD y senadores independientes, la Cámara Alta avaló en lo general y en lo particular, con 72 votos a favor, 13 en contra y tres abstenciones, la reforma a diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Se remitió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales.
El presidente de la Mesa Directiva, Ernesto Cordero Arroyo, dio cuenta que el dictamen contó con el voto particular de los senadores del PT Zoé Robledo Aburto, Fidel Demédicis Hidalgo, Rabindranath Salazar Solorio y Benjamín Robles Montoya.
A nombre de la Comisión de Estudios Legislativos que preside el senador del PRI, Miguel Romo Medina señaló que el objetivo primario tiene que ver una regulación más óptima de los derechos de las audiencias frente a los sujetos obligados.
Por un lado, consolida el marco de protección y equilibrio respecto del respeto a la libertad de expresión, por otro, considera relevante que se precise en dicha ley el alcance de los derechos de las audiencias en relación con esta importante libertad.
Considera viable centrar la actuación del IFT en asuntos trascendentales que incidan en beneficio de las audiencias y de los consumidores para así evitar que se distraiga en asuntos que se alejen de su quehacer fundamental y generen polémica en cuanto a la libertad de expresión, al periodismo nacional, así como impedir un trato discriminatorio a productores de contenidos audiovisuales o radiofónicos nacionales.
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