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OAXACA, Oax., 14 de abril de 2019.- En un seminario reciente en el H. Congreso del Estado de Oaxaca sobre la Constitución oaxaqueña de 1922 recordé que sus antecedentes están en las constituciones locales de 1825 y 1856, y en lo inmediato en la Constitución de 1917, la cual estableció los derechos sociales y reivindicó la soberanía nacional.
La de 1922 no solo ha reflejado los contenidos y reformas de la Constitución federal sino que ha innovado instituciones.
Así, por ejemplo, el doctor Heriberto Antonio (Profesor universitario) advirtió que desde 1922 estableció la iniciativa ciudadana legislativa, la segunda vuelta en los comicios municipales y la iniciativa de ley para el poder judicial.
Más recientemente, es de considerar que fue pionera en el reconocimiento y regulación de las elecciones conforme con los sistemas normativos indígenas; en su momento la creación del tribunal de fiscalización y la Sala para Asintos Indigenas del Tribunal Superior de Judticia, lo mismo que una serie de derechos como el de los niños y adolescentes, o bien reglas específicas del debido proceso y hasta de control de confianza de los servidores públicos.
Se precisó también que el texto local ya prevé 7 órganos constitucionales autónomos oaxaqueños: La Defensoría de los Derechos Humanos, el Centro de Conciliación Laboral, los dos organismos electorales, el Instituto de Transparencia, el Tribunal de Justicia Administrativa, la Fiscalía General del Estado y el Comité de Participación Ciudadana del Sistema Estatal Anticorrupción.
Anotó que algunas de sus reglas podrían ser homologadas y mejoradas fortaleciendo su autonomía, integración, especialización e interacción con la sociedad civil.
El maestro Adán Córdova (Presidente del Sistema Estatal Anticorrupción) advirtió que la Constitución local es vasta en derechos y garantías perfectibles aun en el papel, pero que carece de la capacidad para convertirlos en realidad para que las personas comunes los gocen y ejerzan, participen más en las cuestiones públicas y compartan sus ideas y acciones para resolver los complejos problemas que enfrentamos.
El doctor Francisco Martínez Sánchez (Académico y servidor público) cuestionó la significación actual de la Constitución local ante el excesivo centralismo y la ineficacia de los derechos, así como la urgencia de fortalecer el Poder Judicial y los medios de control constitucional.
La Constitución de Oaxaca carece de un Preámbulo que explicite sus valores, no preve sus métodos de interpretación, no contempla la acción constitucional por omisión legislativa y no facilita la protección y tutela de los derechos mediante procedimientos ágiles y eficaces.
Mucho menos contempla la posibilidad de que las agencias municipales puedan defenderse y acceder a la justicia constitucional por intromisiones o abusos de las cabeceras municipales o de otras agencias e instancias a su vida interna y sus recursos indispensables, todo lo cual debilita la convivencia social y propicia la violencia. Todas esas reformas coadyuvarian a la paz social.
El doctor Eduardo Castellanos se refirió a la iniciativa recién presentada en el Senado para crear una Sala Anticorrupción en la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ampliaría el número de los ministros integrantes del Pleno.
Comentó que aún si ese proyecto prosperara en los ámbitos locales deberían fortalecerse las instancias anticorrupción.
Además, disertó sobre las opciones para crear una nueva constitución federal apoyando la idea de incluir en una posible asamblea constituyente a los ciudadanos sin partido.
Desde el público se cuestionó que algunas autoridades municipales –por ejemplo– optan por obstaculizar el acceso a la información en lugar de facilitarla.
Se demandó que los ciudadanos conozcan más y mejor sus derechos para ejercerlos y protegerlos de modo que se haga más trabajo de difusión y formación.
Que el Congreso y las organizaciones civiles emprendan acciones programáticas de divulgación de los contenidos constitucionales.
Que una Semana Ciudadana traduzca en productos legislativos concretos el resultado de esa interacción entre instituciones y grupos y sectores del pueblo.
Las constituciones como la de Oaxaca con todas sus debilidades son marcos institucionales vigentes que organizan la vida pública y garantizan los derechos individuales y sociales.
Es verdad que las constituciones y el Derecho no son instrumentos perfectos y tampoco resuelven muchos de los problemas públicos, cada vez más complejos que alteran el orden y la regularidad de la sociedad.
Pero, al mismo tiempo, el orden social y la vida pública no serían viables sin el orden jurídico y político constitucional.
Luego entonces, el camino a recorrer sigue siendo el de la Constitución y el Derecho, que debemos cultivar y hacer parte de una forma de vida cotidiana.
Nuestro compromiso sigue siendo con la Constitución y, por tanto, con un orden social y político favorable a los derechos de los mexicanos.
Gracias al H. Congreso del Estado de Oaxaca, a la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y a la Coordinación de Posgrado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UABJO por el respaldo institucional otorgado a este IV Seminario.
No lo olvidemos: cada 15 de abril, la Constitución de Oaxaca cumple años.