
Propone Mariana Benítez tipificar el acecho como delito federal
OAXACA, Oax. 20 de mayo de 2025.- El Pleno de este Tribunal, acreditó la obstrucción al ejercicio del cargo en los municipios de Santo Domingo Ingenio, San Agustín Amatengo y San Juan Quiotepec.
En el municipio de Soledad Etla, declaró parcialmente fundado el agravio de obstrucción, informó en un comunicado.
Respecto al Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano, identificado con la clave: JDC/66/2025, el TEEO, resuelto por unanimidad, la obstrucción al cargo, cometida por el presidente Municipal del Ayuntamiento de Santo Domingo Ingenio.
El juicio fue promovido por el Regidor de Parques y Panteones de ese ayuntamiento, quien impugnó al edil, por omisiones que demostraron vulneran sus derechos político-electorales.
En el análisis del expediente a cargo de la Ponencia de la Magistrada presidenta, Elizabeth Bautista Velasco, consideró fundados los planteamientos, entre estos, no lo convocaron a sesiones de Cabildo, le negaron el pago de dietas y no le proporcionaron recursos materiales, ni equipo de oficina.
En el juicio con clave: JDC/06/2025, promovido por una regidora asignada por el principio de representación proporcional, este Órgano Jurisdiccional expuso que le asiste la razón.
Lo anterior porque la Presidenta Municipal de San Agustín Amatengo, se negó a tomarle protesta de Ley como Concejal y no cumplió con el pago correspondiente.
“También se constata que, a pesar de no haber tomado protesta, la actora estuvo ejerciendo funciones en el ayuntamiento desde el primero de enero, de ahí que, en principio, lo procedente es reconocer que, desde esa fecha, la actora tuvo derecho a recibir las prerrogativas propias al cargo”, expuso la Ponencia a cargo de la Magistrada Gloria Ángeles Cruz.
En la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos, identificada con la clave JDCI/36/2025, la autoridad señalada como responsable, es el presidente Municipal de San Juan Quiotepec.
También en este expediente fue por la omisión de otorgar el nombramiento y realizar la toma de protesta como autoridad auxiliar; específicamente como Agente de Policía de Maninaltepec, para el ejercicio anual de 2025.
En el Municipio de Soledad Etla, el TEEO declaró parcialmente fundados los agravios relativos a la asignación de un espacio digno, proporcionar recursos humanos y materiales de oficina y la omisión de convocarla a sesiones de cabildo.
El juicio con clave: JDC/44/2025 fue promovido por una regidora de ese Ayuntamiento quien impugnó a la presidenta municipal.