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La agresión del senador y presidente del PRI, el Trogloalito Alejandro Moreno Cárdenas, en contra del presidente saliente del Senado, Gerardo Fernández Noroña y de Emiliano González, empleado de este poder, actualiza el debate sobre la privación del fuero constitucional o inmunidad, como se conoce a esta figura jurídica, a cualquier integrante del poder legislativo. Realizar con éxito dicho procedimiento no es tan fácil, dado que además de la voluntad política que pudiera tener el régimen de la 4 T, se requieren asideros legales incuestionables.
Las demandas por violencia física e injurias proferidas, que jurídicamente pudiesen ser menores, se podrían diluir en los pasillos y acuerdos camerales, pero si avanza la solicitud de desafuero reiniciada apenas por el gobierno de Campeche, cumpliendo con todos los procedimientos judiciales, entonces Moreno Cárdenas pudiera perder la inmunidad e impunidad legislativa que hasta la fecha le beneficia.
La gente vio, por transmisión en directo, el proceder del peleador de cantina que, con al menos tres de sus cómplices actuaron en el recinto legislativo de la calle de Xicoténcatl, cuando había concluido funciones la Comisión Permanente del Congreso de la Unión y se entonaba el Himno Nacional Mexicano. Me refiero a los diputados priistas Erubiel Alonso, Pablo Angulo y, el más violento, Carlos Gutiérrez Mancilla.
En el Canal del Congreso se observó que había terminado la ronda de oradores y la discusión por haberlo acordado así la mayoría de dicho órgano parlamentario. Los rijosos iniciaron la trifulca, derribando al camarógrafo González, pateándolo en el suelo y emprendiéndola a golpes contra el senador Noroña. Las imágenes no dejan lugar a dudassobre quién y quiénes, de manera concertada, subieron a provocar a la tribuna, reclamando no haber tenido más tiempo en el uso de la palabra. Querían seguir abogando por la impresentable e indefendible Lily Téllez.
Gritos, insultos y sombrerazos son propios de cualquier debate camaral, y no son sujetos de ninguna prohibición, ateniéndose al espíritu de nuestra Constitución. Sin embargo, en lalegislación y el reglamento no se contempla que los propios integrantes del cuerpo legislativo cometan algún delito en contra de uno o más de sus pares.
Puede ser que, por ejercer violencia, una vez iniciada la carpeta de investigación por lafiscalía competente, los hechos no pasen más que de lesiones menores, golpes e injurias, que ameriten si acaso una amonestación menor o disculpa pública. Por la inmunidad no se le puede juzgar, salvo que por una cuestión un tanto menor, se lleve a la práctica el desafuero. No obstante, Moreno Cárdenas pudiera ser sometido a juicio político y perder la inmunidad parlamentaria si se consideran firmes las imputaciones del gobierno de Campeche, donde éste fungió como titular del Ejecutivo; acusaciones por presunto uso indebido de funciones y peculado, además de otros delitos que se le puedan comprobar en las cinco carpetas de investigación iniciadas allá, que deberá analizar la cámara federal de diputados.
Debe recordarse que el grupo parlamentario morenista ya lo perdonó una vez, cuando en 2022 se necesitaban votos de la bancada priista para avanzar en las reformas iniciales de la Cuarta Transformación. Ahora, las condiciones políticas han cambiado, pues el grupo gobernante cuenta con la mayoría necesaria para aprobar leyes y juzgar, por ejemplo, al Trogoalito.
Por razones inconfesables, las acusaciones contra Alejandro Moreno, cuando mal gobernó Campeche, nunca tuvieron éxito. Primero, porque el gobierno de Layda Sansores fue incapaz de llevar a cabo un procedimiento jurídicamente sustentado y, en segundo lugar,poque en la anterior legislatura el juicio de desafuero se atoró porque Alito ganó amparos por problemas de procedimiento judicial, por situaciones de forma, por diligencias mal practicadas y, porque hubo “línea” para que el expediente nunca avanzara.
Ahora que inicia el nuevo periodo de sesiones, los cuatro integrantes de la sección instructora deberán elaborar un dictamen que puede dictaminar a favor de desechar el recurso, o bien admitirlo. En este caso, debe hacerse un juicio por 60 días, según la ley federal de responsabilidades de servidores públicos. Habrá periodos de prueba, derecho de audiencia, cumplir requisitos procedimentales, conclusiones y resolución final del pleno, según ha explicado Hugo Érick Flores, presidente de dicha comisión legislativa.
La duda persiste en si se va a llegar hasta las últimas consecuencias, contra Trogoalito, o, si una vez que se apague la indignación popular y de la clase política que gobierna, se le va a perdonar de nuevo de rendir cuentas ante la justicia no por los golpes y bravuconería, sino por los atracos causados al patrimonio del estado de Campeche.
@ernestoreyes14