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JALPAN, Oax. 1 de octubre de 2013 (Quadratín).- Para crear y darles espacio a las personas que expenden productos típicos de la región y que sea una prioridad para los municipios, la LXI Legislatura del Estado aprobó este lunes en sesión ordinaria la adición de un párrafo al Artículo 12 de la Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado de Oaxaca.
La propuesta fue presentada por la diputada Hita Beatriz Ortiz Silva, coordinadora de la fracción parlamentaria del Partido del Trabajo (PT), que en esencia conlleva a que todos los pueblos y comunidades indígenas del Estado cuenten con un espacio para ofrecer sus productos en lugares estratégicos de concentración humana, y así dar a conocer todo lo que en la región se produce.
En ese sentido, señaló que existe una amplia riqueza de productos típicos tales como sombreros tejidos con palma, rebosos tejidos o bordados, además de productos naturales como frutas y verduras que se dan en las regiones, al igual de otros que son exportados como es el café, aguacate, limón, mango y durazno, entre otros.
Aún con esta amplia oferta, los productores deben enfrentar la falta de canales de comercialización, lo que se nota en el centro de la Capital del Estado, al igual que en los municipios, en los que NO se dispone de lugares dignos y decorosos adaptados y estratégicos para la expedición de los productos y cosechas que se dan en la región de origen.
“Oaxaca es un territorio fascinante por su belleza natural y cultural, por la diversidad de los paisajes y su población. De sus fértiles tierras proviene una enorme variedad de productos agropecuarios y pesqueros que deben aprovecharse”, sostuvo en tribuna la Legisladora del PT.
Así, en la sesión de clausura del segundo periodo del tercer año legislativo, el pleno determinó con 26 votos a favor y seis en contra, aprobar esta adición dictaminada por la Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas y Administración de Justicia, que permitirá dar mayor certeza a la producción nativa de las regiones.
La determinación se tomó considerando que es procedente su aprobación, pues consideramos que las comunidades indígenas tienen derecho, en condiciones de igualdad, al goce y a la protección de todos los derechos humanos y libertades fundamentales reconocidos por instrumentos internacionales en la materia.