
México cambiará para siempre el uno de junio
Oaxaca, Oax. 05 de mayo de 2013 (Quadratín).- Para que en un pueblo se dé un gobernante es necesario, primero, que tal pueblo exista en cuanto pueblo. El pueblo no es una multitud, no es una aglomeración, no es una masa, es acción política, es comunión de vida, es el espíritu que surge por el hecho de vivir juntos. El problema es saber cómo se forma la asociación llamado pueblo.
Llegado algún momento, en el estado primitivo del hombre, los individuos por sí solos no pueden garantizar su existencia, generan una suma de fuerzas para ello. La formación de la primera asociación se debió entonces, a la conservación de la vida. Si queremos conservar la vida debemos conservar la asociación es el mensaje.
Entonces nace un agudo problema, cómo conciliar los derechos naturales de cada quien con la conservación de la asociación, encontrar una forma de asociación que defienda y proteja con la fuerza común la persona y los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo y permanezca tan libre como antes. Tal es el problema fundamental cuya solución da el Contrato Social de Rousseau. El contrato entre los hombres es la mejor garantía para proteger la vida y la libertad.
Si bien la asociación nace de la propia debilidad natural del hombre, se plantea la necesidad de integrar una asociación que logre respetar la libertad de cada quien y que no implique un sometimiento de cada individuo a la asociación, sino que dicha asociación sea el resultado de su voluntad, de tal manera que la unión sea garantía para su libertad. Para lograr esto, es menester contar con hombres de alto sentido cívico y con altos niveles de educación. La asociación potencia al hombre, pero habría que cuidar que no sea una jaula para el hombre, que no convierta al hombre en servidumbre.
Este modelo de construcción del orden social de Rousseau es un proyecto de construcción de una sociedad que no está a la vista del autor, pues para él los hombres son esclavos o encadenados por sus necesidades. Hoy en día, los hombres son esclavos del mercado.
Aquí se plantea la necesidad de la asociación que no nazca de la fuerza sino de la voluntad. La cuestión es por qué nace la asociación: por necesidad, por miedo, por la fuerza, por Dios, etc.
El contrato social tiene una cláusula única a favor de la comunidad. La asociación sólo es posible si cada hombre renuncia su parte de individualidad a favor de la asociación. Sin embargo, para Rousseau la enajenación es total y lo explica de la siguiente manera: Estas cláusulas, bien estudiadas, se reducen a una sola, a saber: la enajenación total de cada asociado con todos sus derechos a la comunidad entera, porque, primeramente, dándose por completo cada uno de los asociados, la condición es igual para todos; y siendo igual ninguno tiene interés en hacerla onerosa para los demás (Rousseau, Juan Jacobo .El Contrato Social. Edit .Porrúa. México, 1979, p.9)
A Rousseau le preocupa la igualdad en la enajenación para evitar que les sea onerosa a los ciudadanos. Sin embargo; resultará igual si la enajenación es parcial para todos. Sin embargo, la enajenación total garantiza la igualdad dice Rousseau, en caso contrario, el estado natural persistiría.
Cada sesión de derechos a la asociación significa que se gana lo que pierde en la asociación mayor fuerza para fuerza conservar, lo que se tiene.
Es cierto que la asociación es la garantía para conservar cualquier derecho convenido, sin la asociación no existen derecho alguno, ni existe justicia o injusticia, ni religión, ni moral. Una buena asociación es la posibilidad de plena realización de la libertad y garantía de igualdad.
En la asociación o en su construcción surge la voluntad general que es producto sólo de la asociación y no de la suma de todos. La sujeción a la voluntad general por la persona y de todo su poder, es la clave para entender el concepto de Estado en Rousseau. La voluntad general es un cuerpo normal y colectivo, normal quiere decir, producto humano y no consecuencia de dios o cuestión de la naturaleza.
Esta voluntad general ha sido denominada de diversas maneras nos dice Rousseau, tal como ciudad, República o cuerpo político, y Estado cuando es colectivo. Luego entonces, cuando se acude a la defensa del Estado, sencilla mente se está defendiendo la existencia de la asociación. Gobernante que no entienda esto, no es digno de ser considerado como tal.
Por eso el Estado es la actividad de la voluntad general. Pueblo es el nombre que se le da a la asociación que no puede ser más que de ciudadanos, el ciudadano es aquel que participa en la actividad soberana, es decir, en la voluntad general, por tanto, se constituye como pueblo.
El Estado, como voluntad general no puede imponerse una ley que no la pueda quebrantar en esto consiste el poder soberano. El Estado como voluntad general, como fuerza o potencia en la acción colectiva, es una tesis que hay que recuperar en estos momentos de debilidad del cuerpo político.
El Estado se fortalece mientras mejores ciudadanos puede tener y se puede destruir si viola el acto por el cual existe, es decir el contrato social. El Estado es producto de la voluntad del pueblo, de los ciudadanos, el gobernante tiene la obligación de nutrir siempre y en cada momento las fuerzas del Estado.
En el contrato se establece una doble obligación: del Estado en los ciudadanos y de los ciudadanos con el Estado. Para el Estado es un deber estar en relación con los ciudadanos y para los ciudadanos es un interés participar en la voluntad colectiva, luego entonces, no debe ser un deber del ciudadano cuidar de su relación con el Estado sino debe ser un interés, el interés puede ser la seguridad y la posibilidad de orientar el rumbo del Estado.
Si la voluntad general es el efecto de la unión de los particulares, no podrá ser posible que el Estado atente contra sus ciudadanos en lo general, en lo particular, no hay pues garantía del Estado hacia sus súbditos si estos atentan contra la asociación. El soberano, por la sola razón de serlo, es siempre lo que debe ser Rousseau, Juan Jacobo. Op. Cit. p.11). No existe contradicción entre lo que es y debe ser del Estado, pues siempre será lo que debe ser.
La cuestión es ¿Cuándo el Estado no es lo que es? Será posible o simplemente no cabe la posibilidad. Para Rousseau los derechos de ciudadano no se pueden perder mientras exista la voluntad de incluirse en la voluntad general. Sin embargo, como particular puede no querer cumplir con sus deberes de súbdito, esta acción sería injusta y su generalización podría causar la muerte del cuerpo político, de aquí la importancia de la educación como construcción de ciudadanía, por eso, toda acción en contra de la misma es incomprensible.