Convocan a capacitarse en combate a la corrupción a nivel municipal
MÉXICO, DF, 19 de junio de 2015.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal las obras de construcción de un hotel en un predio ubicado en el corazón de la Zona Dorada de Mazatlán, Sinaloa, debido a que el responsable de los trabajos no exhibió la autorización de impacto ambiental emitida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
En atención a una denuncia presentada ante esta Procuraduría por el Delegado de Semarnat en Sinaloa, personal de la Profepa acudió al lugar señalado, donde detectó diversos trabajos de inicio de construcción de un hotel, tales como: el trazo, nivelación y la construcción de 9 pilas de cimentación a base de concreto armado, todas ellas en Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat) se informa en un comunicado.
Por ello, inspectores federales de la Profepa realizaron 2 visitas de inspección, una en materia de Zofema y otra en Impacto Ambiental, a fin de verificar, por una parte, que las obras y actividades realizadas en el predio, con una superficie de 1294.8 metros cuadrados de Zona Federal Marítimo Terrestre, contara con el Título de Concesión o Permiso Vigente para acreditar el legal uso y aprovechamiento de los bienes patrimoniales que venía explotando y ocupando.
Por otro lado, se le solicitó al responsable de la construcción, la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Semarnat.
El representante legal de la empresa Desarrollos Turísticos CLAMI, S.A. de C.V. manifestó no contar con la autorización en materia de Impacto Ambiental, ni con la Concesión de Zofemat, requeridas por obligación, ante de la realización y operación de este tipo de proyectos.
Personal de la Profepa inició un Proceso Administrativo, donde se le permitió presentar las autorizaciones en los plazos que marca la ley ambiental vigente; sin embargo, no acreditó los documentos correspondientes, por lo que se clausuró de manera total temporal las obras y actividades antes señaladas.
Lo anterior, ante el riesgo de que se ocasione un grave daño al medio ambiente y los recursos naturales, por la modificación de los ecosistemas costeros y la afectación a la diversidad biológica.
El inspeccionado fue informado respecto de las penas y sanciones a las que podría hacerse acreedor en caso de quebrantar alguno de los sellos de clausura colocados por esta autoridad, de conformidad con lo previsto en el artículo 187 del Código Penal Federal.