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Oaxaca, Oax.01 de octubre de 2010 (Quadratín).-La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca que afirma la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición Por la Transformación de Oaxaca en el distrito IX con cabecera en San Pedro Mixtepec.
Del análisis del juicio presentando por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), las Magistradas declararon improcedente la solicitud del PRD respecto a un recuento total de la votación, ya que este instituto político no acreditó que la diferencia de votación entre la coalición Por la Transformación de Oaxaca y la coalición Unidos por la Paz y el Progreso, hubiera sido igual o menor a un punto porcentual.
Finalmente, la Sala Xalapa confirmó la sentencia del tribunal local que confirmó el triunfo de la coalición Por la Transformación de Oaxaca en el distrito VI con cabecera en Santo Domingo Tehuantepec, impugnada por el PAN, ya que, contrario a lo argumentado por este instituto político el tribunal local sí fue exhaustivo en el estudio de las causales de nulidad de votación recibida en las casillas.
La Sala Xalapa resolvió este día 2 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 6 juicios de revisión constitucional electoral que hicieron un total de 8 medios de impugnación.
Por otra parte, el Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Veracruz (TEE) que ratificaron a los ganadores de las elecciones municipales en Huatusco, Perote y Tamalín.
En Huatusco, el Partido Nueva Alianza (PANAL) se coaligó con el Partido Acción Nacional (PAN) bajo el nombre de Viva Veracruz, resultando ganadores de la elección municipal, sin embargo, el PANAL impugnó ante esta Sala, la sentencia del TEE que al modificar el cómputo final le restó votos, otorgándoselos incorrectamente al PAN, afectando con ello, su posibilidad de obtener un lugar en las regidurías de representación proporcional.
En este juicio, el pleno de la Sala Xalapa consideró que le asistía la razón al PANAL respecto a que el TEE se equivocó al realizar la recomposición de los resultados, tras haber anulado la votación recibida en dos casillas, otorgándole al PAN votos que no le correspondían, por lo que esta Sala recompuso el cómputo de acuerdo a la petición del PANAL.
En otro juicio, las Magistradas Claudia Pastor Badilla, presidente; Yolli García Alvarez y Judith Yolanda Muñoz Tagle confirmaron la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por la coalición Veracruz para Adelante, en el municipio de Perote.
También en otro juicio, presentado por el PAN, la Sala Xalapa desestimó los planteamientos de este instituto político respecto a la anulación de la elección por un error aritmético de parte del TEE al sumar los votos nulos, por dejar de analizar cuatro casillas por error y dolo, además de que existía una boleta apócrifa en una casilla.
Las Magistradas consideraron que aun cuando el tribual local no atendió debidamente los agravios presentados por el PAN, lo cierto es que el atenderlos no cambia el sentido de la resolución, por lo cual la confirmaron.
Asimismo, la Sala Xalapa sobreseyó el juicio presentado por Víctor Salas Rebolledo, respecto a la elección del ayuntamiento de Tamalín, toda vez, que carece de personería para representar al PAN en la promoción de un juicio de revisión constitucional, ya que es el representante propietario ante el Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano (IEV), no así ante el Consejo Municipal de Tamalín; además de que carece de facultades de representación conforme a los estatutos de su partido político para promover una impugnación ante este Tribunal.