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XALAPA, Ver., 26 de marzo de 2015.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó en sesión pública de este jueves una sentencia emitida por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca (TEEPJO).
En un boletín de prensa se informa que al resolver el juicio ciudadano 254, promovido por Adalberto Bautista y Bonifacio García Bartolo, ratifica la sentencia que ordena al Secretario General de Gobierno de Oaxaca “emita una respuesta debidamente fundada, motivada, congruente, exhaustiva, completa y rápida a las solicitudes de los actores respecto de su acreditación como regidores de Hacienda y Obras del municipio de Santiago Choapam”.
Lo anterior, debido a la determinación tomada por el Pleno de la Sala Regional de declarar como inoperantes e infundados los agravios expuestos por los promoventes, pues por una parte, no controvirtieron las razones contenidas en el fallo impugnado y, por otra, en tal sentencia se hizo referencia a las documentales relativas a la integración del ayuntamiento, pero éstas no eran indispensables para analizar el planteamiento correspondiente, pues la pretensión sustancial de los actores en la instancia local fue obtener una respuesta a las solicitudes de acreditación hechas ante el Secretario General de Gobierno, es decir, la emisión de un acto positivo como consecuencia de la omisión de origen.
Por tanto, los magistrados federales consideraron que fue correcta la determinación del Tribunal local, dado que no podía pronunciarse por una supuesta negativa de acreditación de los actores como integrantes de este Cabildo, ya que la Secretaría General de Gobierno no había emitido determinación alguna, y al no existir la acción del acto impugnado, al Tribunal no le quedo más que ordenar que se generara ese acto de autoridad, de ahí que no fuera procedente la pretensión de los actores.