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OAXACA, Oax., 11 de mayo de 2016.- El Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) conoció de la renuncia a la candidatura a diputado plurinominal por el Partido Acción Nacional (PAN) de José Zorrilla de San Martín Diego.
Quien dejó la Secretaría de Turismo para postularse, iba en la posición número 7 en la lista de candidatos plurinominales del PAN.
Junto con su suplente, Guillermo Huerta Juárez, renunció con fecha 6 de mayo, la cual fue aprobada la madrugada de este martes.
Según el Acuerdo IEEPCO-CG-77/2016,respecto de las candidatas y los candidatos a diputadas y diputados por los principios de Mayoría Relativa y Representación Proporcional, en el Proceso Electoral Ordinario 2015-2016, se recibió la renuncia a la postulación del ex servidor público.
“Por lo que respecta a la renuncia presentada por los ciudadanos José Zorrilla De San Martín Diego y Guillermo Huerta Juárez, quienes fueron postulados por el Partido Acción Nacional como candidatos a Diputados por el principio de Representación Proporcional, este Consejo General considera procedente las renuncias respectivas”.
Abunda que lo anterior al haber sido presentada en el plazo establecido por el artículo 160, fracción II, del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca.
No obstante lo anterior, añade, debe decirse que el Partido Acción Nacional hasta la fecha no ha presentado la sustitución correspondiente, relacionada con la renuncia presentada por los ciudadanos José Zorrilla De San Martín Diego y Guillermo Huerta Juárez, por lo que este Consejo General considera procedente dejar a salvo sus derechos para realizar la sustitución respectiva.
Establece que lo anterior no obstante que conforme a lo dispuesto por el artículo 193, párrafo 2, del Código Electoral vigente en el Estado, si no se pudiera efectuar su corrección o las boletas ya hubiesen sido impresas o repartidas a las casillas, los votos contarán para el partido político y los candidatos que estuviesen legalmente registrados ante los órganos electorales respectivos, al momento de la elección.estuviesen legalmente registrados ante los órganos electorales respectivos, al momento de la elección.