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MÉXICO, DF. 21 de mayo de 2014 (Quadratín).- En mensaje directo a la ciudadanía, los siete integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anunciaron que declinarán recibir el haber de retiro al término de su gestión como jueces electorales, con independencia del desenlace legislativo sobre el tema.
Durante la sesión pública, el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, enfatizó que los integrantes de la Sala Superior declinarán cualquier haber de retiro.
Posteriormente, aclaró que el haber de retiro “no representa pago anticipado alguno que ponga en tela de juicio la integridad del órgano jurisdiccional”. En ese sentido, detalló que la figura jurídica encuentra sustento en varios instrumentos internacionales relativos a la independencia de las instituciones judiciales.
El magistrado Luna Ramos aseguró a la ciudadanía que el Tribunal Electoral garantizará, mediante sus resoluciones, la estabilidad en los comicios; para, así, contribuir a la consolidación de sistema político-electoral del país.
“Nuestra institución se ha destacado por la unidad y congruencia en su actuar, no tengan duda en que seguirá velando, en todo momento, por el enaltecimiento de la democracia mexicana”, apuntó.
Enfatizó que los integrantes de la Sala Superior pueden ver de frente y con claridad a la ciudadanía.
Destacó que el faro de guía de su labor jurisdiccional, iniciada hace 46 años, ha sido, es y será la integridad, basada en principios éticos sólidos, propios de la función pública que desempeña.
Por su parte, el magistrado Salvador Nava Gomar dijo que en una muestra de dignidad, “nosotrosno accederemos a ello. No cobraremos un sólo peso”. Lamentó la difusión de información sobre la modificación del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación pues, desde su óptica, dentro de las garantías de independencia judicial, es correcto que quienes finalizan su encargo como jueces, tangan un haber de retiro o una compensación.
En su oportunidad, la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa señaló que, de manera unánime, los que forman parte de la actual integración de la Sala Superior no aceptarán el haber de retiro: “Si recibimos la compensación estaríamos afectando la independencia judicial y nuestra obligación es defender la integridad de este máximo Tribunal”, dijo.
A su vez, el magistrado Manuel González Oropeza refirió que el tema ha sido abordado de manera maliciosa, lo cual ha generado desinformación al respecto, cuando lo cierto es que todavía no se ha promulgado la reforma política: “Nunca hemos pretendido un haber vitalicio ni un seguro de desempleo, yo creo que después de concluir el cargo no vamos a estar desempleados”. Manifestó que la manipulación del concepto en perjuicio de la justicia electoral, ya que el desarrollo de ésta no puede estar a merced de acusaciones injustas e imprecisas.
Al hacer uso de la palabra, el magistrado Pedro Esteban Penagos López subrayó que lo que se aprobó en el Congreso de la Unión es una haber de retiro no una pensión vitalicia, pero se ha malinterpretado.
“Quiero dejar establecido que el Congreso de la Unión, al aprobar esta modificación, lo único que hizo es reglamentar los principios básicos de la independencia del Poder Judicial que se firmó con la Organización de las Naciones Unidas”.
En tanto que el magistrado Flavio Galván Rivera citó los principios rectores de la carrera judicial como son la independencia y la autonomía en el ejercicio del servicio judicial, la inamovilidad de los magistrados electorales, la remuneración adecuada y la jubilación digna. Todo en un equilibro que garantice la autonomía e independencia de los servidores públicos.
El magistrado Constancio Carrasco Daza insistió en que no se trataba de una pensión vitalicia, sino de establecer la norma que no se había confeccionado respecto del haber de retiro. Por ende, expresó su reconocimiento al Congreso de la Unión por su labor legislativa, en el marco de la reforma político-electoral. Lamentó, sin embargo, el debate que se ha generado en los medios de comunicación y la opinión de algunos los jueces, ya que el propósito de la ley no es ese.