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Oaxaca, Oax. 8 de agosto 2012 (Quadratín).- A más de un año de trabajo en comisiones, el congreso del Estado aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del código penal para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca del código de procedimientos penales, y del código procesal penal, tipificando así el delito de homicidio a feminicidios que afectan a las mujeres.
En tribuna, la presidenta de la comisión de equidad y género de la cámara de diputados, Ivonne Gallegos Carreño señaló que al reformar la Ley estatal de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, ha tipifica el delito antes sólo se calificaba como homicidio, sin embargo ahora ya se contemplan puntos de identificación de misoginia, y conductas de odio contra la mujer.
Gallegos Carreño señaló que se establecen castigos que van de los 40 a los 60 años de cárcel, y 500 a mil salarios mínimos y el resarcimiento del daño, cuando se manifiesten actos violentos contra las mujeres.
Por su parte la diputada Hita Beatriz Ortiz Silva, respaldó este paso al que llamó de histórico ya que violencia contra las mujeres dijo- constituye el principal obstáculo para lograr una sociedad igualitaria y democrática.
Veíamos antes cómo no se persigue a los culposos de delitos contra la mujer y solamente se castigaba como cualquier homicidio, hoy a mas de un año de trabajarlo en comisiones, esta reforma engloba serie de fenómenos, violencia sistemática, impunidad y feminicidio, celebramos esta reforma.
A su vez, la diputada Leticia Álvarez señaló que la violencia de género ejercida contra las mujeres por el sólo hecho de ser mujer y de sentirse con derecho a someterlas, y dejar a un lado su igualdad, atentando contra su integridad, poniéndola en sumisión y violentando sus derechos humanos, hoy se da un gran paso al tipificar el delito, pues ahora ya lo contemplarán los códigos del Estado.
Finalmente las diputadas coincidieron que el feminicidio va más allá de un delito no solo conlleva la vida de mujeres, sino de la libertad, seguridad, igualdad y no discriminación por la naturaleza de esta conducta, es por esto que se requirió de una tipificación autónoma, porque el que cometa el delito del que prive de la vida por razones de género, o tales como sexuales, existan antecedentes de acoso, amenaza de la victima la pena será sancionada debidamente.
Al aprobarse las reformas, la mayoría de las diputadas se levantaron de sus asientos con aplausos por el logro de lo que significó la reforma al código penal del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.