
Tareas de Claudia sin AMLO: economía y Casa Blanca
OAXACA, Oax. 24 de septiembre de 2015.- La problemática educativa en el estado de Oaxaca, debería evaluarse a partir de los dos polos del conflicto por la reforma: por un lado los gobiernos estatal (IEEPO) y federal y por otro la Sección 22 (S22) y el Movimiento Democrático de los Trabajadores de la Educación (MDTEO).
La política de acumulación de fuerzas del MDTEO y el hasta ahora bajo perfil de sus actividades, obliga a preguntarse por el estado que guarda la aplicación de la reforma educativa en Oaxaca desde la perspectiva de su principal instrumento: el IEEPO. A poco más de dos años de haberse aprobado el cuerpo normativo de la reforma educativa y a un mes de haberse iniciado el ciclo escolar 2015-2016, el segundo ciclo escolar bajo el signo de la reforma, se puede afirmar que en Oaxaca:
– El marco normativo estatal, es aún insuficiente y tiene lagunas que dificultan la correcta operación del principal instrumento administrativo de la política educativa estatal: el IEEPO.
– El sistema de pagos y la validación de la nómina tienen deficiencias de origen que es urgente corregir, porque además de las violaciones a los derechos de los trabajadores y la eventual radicalización de los mismos por dicho motivo, las escuelas podrían ver mermada su capacidad de servicio y más aún la calidad de los mismos.
– Por otra parte, las escuelas no están siendo atendidas como lo establece la reforma educativa en el sentido de fortalecer su autogestión y calidad, debido a que el IEEPO no puede operar con los supervisores escolares, directores de escuela, no cuenta con un programa sectorial ni con los instrumentos que aseguren que los recursos que eventualmente aporte la federación para tal efecto, lleguen a las escuelas.
Pero veamos porqué afirmo lo anterior lo anterior:
Con la reforma del IEEPO el gobierno del estado destituyó a los directores y jefes de departamento nombrados por la Sección 22 del SNTE.
Estos ex funcionarios eran quienes realizaban las propuestas de contratación, promoción, cambios de adscripción, administraban las incidencias de personal, las reportaban a las áreas correspondientes del IEEPO, e incluso intervenían en la permanencia o no de los trabajadores en el servicio.
Otra acción fue la suspensión del viejo sistema de pagos que utilizaba en gran medida la figura del pagador habilitado para la entrega de cheques al personal. Lo anterior, se complementaba con un sistema de pago por tarjeta bancaria a quien solicitara su inclusión en esa modalidad.
Con la reforma del IEEPO la operación de la administración de los servicios educativos se hizo con una nueva estructura organizativa y con un ajuste del personal que trabajaba en las oficinas centrales del Instituto.
Ante la situación anterior, la Sección 22 respondió con un acuerdo en el que ratifican a los funcionarios nombrados por su movimiento y desconocen a los nuevos funcionarios del IEEPO, al mismo tiempo que se niegan a realizar trámites ante cualquier autoridad del Instituto.
En la conjunción de estas dos actitudes, se observa la continuación del conflicto Gobierno/IEEPO Vs S22/MDTEO, que se da en el terreno de la instrumentación de la reforma educativa federal. La situación es en extremo delicada.
Oaxaca se presenta ante la nación como un estado de excepción, donde el mandato constitucional no tiene plena vigencia ni el gobierno la capacidad para hacer cumplir la ley. Esto último lo aceptó el gobernador Gabino Cué Montegudo, cuando explicó la situación de la reforma educativa ante el Congreso de la Unión el 16 de julio de este año.
Por su parte, la S22 nunca manifestó su disposición a acatar la ley y resolver sus demandas e inconformidades por la vía legal y de acuerdo con su calidad de sindicato. Los intentos de controversias constitucional o los amparos interpuestos, se consideraron como vía secundaria, casi como actos propagandísticos y no como la parte esencial de su estrategia.
La situación es en extremo delicada, no sólo por la debilidad del orden constitucional; sino además por los graves daños que se han hecho a los niños y a los jóvenes al negarles la educación de calidad a la que tienen derecho.
Lo anterior obliga a retomar el análisis de la situación que guarda la reforma educativa en Oaxaca. Si tomamos esta última afirmación como referente analítico, debemos considerar, al menos, los siguientes aspectos:
Considerando los aspectos anteriores, presentaremos una primera apreciación de la situación en el contexto del conflicto Gobierno/IEEPO vs S22/MDTEO.
Por razones que aún no se explican, la Cámara de Diputados de Oaxaca no ha realizado la reforma de la ley estatal de educación, ni las reformas subsecuentes necesarias para armonizar el marco jurídico de Oaxaca con la letra y espíritu de la reforma educativa.
Tampoco se ha formulado un nuevo marco programático que concilie las prioridades estatales con las propuestas y objetivos federales, de modo que puedan ser aprovechados los nuevos instrumentos derivados de la reforma educativa para ordenar las acciones estatales y mejorar la calidad del servicio educativo y sus resultados.
Resultado de lo anterior es que el nuevo IEEPO fundamente su propia reforma sólo en el marco normativo federal, pero encuentre dificultades para referir sus actuaciones, motivarlas y fundarlas, en el marco normativo actualmente vigente en el estado.
En el mismo orden de ideas, se plantea el problema de un vacío normativo en los procedimientos que regulan la relación autoridad/trabajador, no sólo en la representación y el hacer valer sus derechos, sino en la coordinación de sus actividades para obtener resultados, es decir, en el ejercicio de sus obligaciones.
Los viejos procedimientos no se aplican y no parecen existir nuevos procedimientos que los sustituyan.
Un asunto a considerar en este aspecto, es la necesidad de que los anteriores funcionarios hagan la entrega-recepción de su despacho de acuerdo a la ley; ni el IEEPO ni la S22, han respetado las normas establecidas para dicho procedimiento debido al conflicto y a las indefiniciones existentes en el nuevo IEEPO.
Así, aunque la nueva autoridad llamó a realizar la entrega-recepción, y la S22 aceptó en algunos casos, los procedimientos instrumentados hasta ahora, tienen vicios de origen.
El IEEPO administra una nómina de 81 mil 971 trabajadores de la educación, de acuerdo con el reporte dado a conocer por la Secretaría de Educación Pública para las quincenas 08 a 11 de 2015; es decir de la segunda de abril a la segunda de junio del año en curso. Es posible que para este mes de septiembre haya variado ligeramente esta cifra; no obstante, la referencia citada es del todo aceptable para las consideraciones que haremos.
De acuerdo con el marco normativo de la reforma educativa, los estados son responsables de integrar y validar la nómina de sus servicios de educación básica y normal, en tanto que el gobierno federal es responsable de efectuar el pago correspondiente mediante los procedimientos y sistemas establecidos4.
La actitud de rebeldía asumida por la S22 ante las nuevas autoridades del IEEPO, no permite que el Instituto pueda tener los registros de las incidencias de personal (altas, cambios, bajas, inasistencias, etcétera) en las escuelas y otros centros de trabajo. Lo anterior se debe a que la S22 controla al personal de supervisión y a los directores de los planteles escolares. De hecho, la validación de la actual nómina del IEEPO parte de un registro extra legal, ya que no se dio con base en un procedimiento de conciliación de plazas como lo establece el acuerdo SEP-SHyCP del 25 de febrero de 2014; tampoco se realizó el censo del INEGI, y el plantilleo realizado por la S22, no surtió efectos prácticos.
La conclusión es que los pagos que se han realizado hasta la fecha se han hecho sin el debido sustento, por lo que la reforma educativa en este aspecto presenta en Oaxaca resultados negativos.
La situación anterior, además de los pagos realizados sin el debido sustento, propician violaciones graves a los derechos de los trabajadores, que inciden, como veremos más adelante en la calidad del servicio educativo.
Existen más de 8 mil trabajadores afectados de diversas manera por la forma en como actualmente se realizan los pagos en Oaxaca, por ejemplo:
En cada nivel la cantidad de personal afectado es diferente, e incluso podría haber causas diferentes a las enumeradas; lo que finalmente importa es que dichos problemas no se están atendiendo con oportunidad por la compleja situación que ya hemos reseñado; lo cual en el contexto del conflicto podría radicalizar a una parte de los trabajadores de la educación.
III. DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA FORTALECER A LA ESCUELA.
Un tema sustantivo para la aplicación de la reforma en Oaxaca, lo constituye el mejoramiento de la calidad educativa y el fortalecimiento de la autogestión escolar; entendiendo por esto último, el que las escuelas cuenten con los instrumentos y fondos gubernamentales que les permita solventar los compromisos que el Fondo de Aportaciones para la Nómina Educativa y Gasto Operativo (FONE) no incluye6.
Con referencia a esto último, el gobierno federal ha puesto en marcha algunos programas que, aprovechando el marco regulativo de la reforma, podrían contribuir a un sistema que apoyara el fortalecimiento de la autogestión y calidad de las escuelas; uno de ellos es el Programa de Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo.
El ex secretario Emilio Chuayffet anunció, en su momento, una inversión de mil millones de pesos para mejorar la infraestructura educativa de Oaxaca; declaración que recientemente confirmó el responsable de SINFRA en el estado8; aunque no aclaró la fuente del financiamiento ni los objetivos y metas a los que responde.
Esta falta de claridad se acentúa por la inexistencia de un plan sectorial educativo de la actual administración estatal, ni un diagnóstico preciso de las necesidades de las escuelas en materia de servicios, equipamiento y espacios educativos.
Sumado a lo anterior hay otro problema, es el que tiene que ver con la administración de los recursos humanos.
Además de las altas y bajas del personal, existen muchos otros tipos de incidencias de las cuales no se tiene pleno conocimiento, como el caso de las bajas (por retiro o defunción) y los cambios de adscripción.
En ambos casos quedan vacantes en las escuelas que eventualmente se cubren con el recurso de los profesores sustitutos interinos.
El procedimiento para cubrir esas vacantes sin violar los derechos adquiridos por los trabajadores; requiere que los directores de escuela reporten las incidencias a las direcciones o departamentos correspondientes; y que estos, junto con la representación sindical del nivel educativo, presididos por la autoridad estatal (Director General del IEEPO), en el seno de la Comisión Mixta de Cambios y Contrataciones, aprueben la cadena de cambios propuesta por los departamentos y direcciones, de modo que se cumpla el principio de “compensación de horas/plaza” y se dé respuesta a las solicitudes de cambio de los trabajadores.
Una vez concluido el proceso de cambio, tanto a nivel de zona, de estado y nacional, se procede al concurso de las plazas/horas para cubrir las vacantes.
Ni el proceso anterior, ni ningún otro se ha puesto en práctica, de modo que se desconoce si las escuelas cuentan con el personal suficiente para ofrecer el servicio; y si se han hecho cambios en el personal, los ha realizado de modo unilateral la Sección 22 del SNTE.
No sabemos de padres de familia o autoridades que reclamen los recursos humanos faltantes en su escuela, en parte porque el IEEPO no está operando al cien por ciento de su capacidad; pero es muy probable que los problemas comiencen a surgir en este asunto.
Los resultados de los primeros intentos por aplicar la reforma educativa federal en Oaxaca, tienen el saldo positivo de la reforma del IEEPO y la centralización del pago de la nómina; pero queda mucho por resolver para que podamos afirmar que la reforma educativa opera en Oaxaca y opera bien.
Samael Hernández Ruiz. [email protected]