Avanza la rendición de cuentas como política de Estado: Colmenares
OAXACA, Oax. 3 de diciembre de 2013 (Quadratín).- En el Nuevo Sistema de Justicia Penal, la etapa de juicio oral constituye la parte central y decisiva del proceso penal, donde la labor del juez consiste en dirigir el juicio y dictar sentencia con base en las pruebas y argumentos desahogados en forma directa por los diversos actores del proceso, formando su convicción sólo con las evidencias presentadas en ese momento, ante su presencia.
En esta audiencia, conocida como “de debate” o “de juicio oral”, se muestran ante la autoridad judicial y público, todas las pruebas obtenidas durante la etapa de investigación, tomando como base la acusación hecha por el agente del Ministerio Público y los planteamientos de la defensa, actuando bajo los principios rectores de inmediación, publicidad, contradicción, igualdad, concentración y continuidad.
Una de los beneficios del Sistema Acusatorio Adversarial es la oralidad, que da veracidad al proceso; es decir, en nuevo modelo penal salvo ciertas excepciones, no se permiten actuaciones ni declaraciones desarrolladas por escrito. El juez, las partes involucradas y el público que asiste a la audiencia de debate se enteran, al mismo tiempo, de las teorías del caso de la víctima y el imputado.
La audiencia de juicio oral es presidida por un Tribunal Colegiado, integrado por tres jueces. El Presidente del Tribunal es quien lleva a cabo el debate, modera las actuaciones de las partes, aplica sanciones y da la palabra a los intervinientes; a su lado, se ubica un juez relator y un auxiliar, quienes colaborarán para dar dinamismo y orden al juicio.
Toda la audiencia de juicio oral deberá ser registrada en audio y video y sólo cuando sea imposible la utilización de dichos medios, deberá preservarse por cualquier otro, a fin de dejar constancia del desarrollo de la misma.
Una vez cerrado el debate, el juez o tribunal de juicio oral llevará a cabo la deliberación en privado, de manera continua a la audiencia de debate y, posteriormente, procederá a dictar sentencia oralmente, debidamente fundada y motivada, usando palabras, enunciados, términos que sean comprensibles para el público y no sólo para los abogados.
La sentencia culmina con la declaración del Tribunal, en el sentido de que el imputado es culpable o inocente. Si se declara inocente, es puesto en libertad inmediatamente si es que estaba preso, y si no, continúa libre; si se declara culpable, inicia el proceso de cumplimiento de la misma.