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OAXACA, Oax. 24 de noviembre de 2013 (Quadratín).- De enero al 22 de noviembre de este año suman 64 casos de mujeres asesinadas. De estos casos, sólo la tercera parte son considerados feminicidios, de acuerdo con la legislación vigente en Oaxaca.
No obstante, hasta el momento no ha sido dictada ninguna sentencia por el delito de feminicidio.
Las armas de fuego son las más utilizadas para ultimar a las mujeres, así como las armas blancas.
En los casos que se registraron, las mujeres fueron apuñaladas o les causaron heridas con machetes y cuchillos. En menor proporción fueron muertas a golpes o por asfixia.
Datos del Instituto de la Mujer Oaxaqueña (Imo) revelan que los casos se concentran en la región Valles Centrales, seguido de la Cuenca del Papaloapan, la Mixteca y la Costa.
Sin embargo, su titular, Anabel López Sánchez, entrevistada el fin de semana, al término de clausura del Primer Encuentro Estatal contra la Discriminación de Niñas y Adolescentes evitó precisar sobre el número de feminicidios en los tres años del gobierno de Gabino Cué.
Ello, justificó, debido que fue hasta octubre de 2012, cuando se publicó en el Periódico Oficial el decreto 1328 que contiene las modificaciones y reformas a diversos artículos del Código Penal que permite la existencia del feminicidio como un tipo penal autónomo.
Explicó que de 2009 al 2012, la Procuraduría General de Justicia del Estado ha iniciado 260 averiguaciones previas por igual número de homicidios dolosos de mujeres. Tan sólo en el 2012 se registraron 74 casos.
Recordó que con dichas reformas, ahora en Oaxaca se establece que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”.
Entre algunos de los tipos se encuentran, que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; que se le hayan infligido heridas, escoriaciones, contusiones, fracturas, dislocaciones, quemaduras, mutilaciones con implicaciones sexuales o que le genere sufrimiento.
También que existan antecedentes o indicios anteriores de amenazas, acoso o maltrato del sujeto activo en contra de la víctima; que el cadáver o restos de la víctima hayan sido enterrados, ocultados o expuestos en lugar público; que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad, y por desprecio u odio a la víctima motivado por discriminación o misoginia.