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MÉXICO, DF. 1 de febrero de 2014 (Quadratín).- El SAT anunció nuevas reglas para facilitar la inscripción al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), el cual sustituye al Régimen de Pequeños Contribuyentes desde este año.
En un comunicado, la dependencia informó que los contribuyentes que pertenecían al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con ingresos menores de 2 millones de pesos y que deseen tributar en el RIF, tienen hasta el 31 de marzo para presentar el Aviso de actualización de actividades a través del portal de internet del SAT.
A los causantes que solo realizan venta de mercancías o prestan servicios al público en general, con ingresos hasta por 2 millones de pesos al año deben elaborar una factura electrónica con su venta global cada dos meses.
También deben realizar una declaración bimestral, que tratándose del periodo enero-febrero, esta se entregará junto con la del periodo marzo-abril, es decir, en mayo.
Por último, tendrán que entregar el reporte de sus ingresos y sus gastos.
«Es importante que pidan factura de todas las compras que realicen para que tengan oportunidad de acceder al beneficio de los estímulos y descuentos en el pago impuestos durante el primer año», detalló.
Los contribuyentes cuyos clientes deban emitir facturas electrónicas porque así se lo soliciten, podrán hacerlo fácilmente a través del sistema «Mis Cuentas»; de la herramienta gratuita para emitir facturas en el portal del SAT; o acceder a los servicios de un auxiliar de facturación.
Adicionalmente, en la publicación de nuevas reglas en el portal y en breve en el “Diario Oficial de la Federación”, la autoridad fiscal anuncia la extensión del plazo a marzo, para que las personas físicas presenten su declaración de pago provisional o definitivo correspondiente al mes enero de 2014.