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Oaxaca, Oax., 07 de marzo 2012 (Quadratín).- Al aprobar la reforma a la Constitución Política de Oaxaca en materia de fiscalización y rendición de cuentas, la LXI Legislatura local fortalece la función de la Auditoría Superior del Estado, afirmó el diputado de la fracción del PRI, José Antonio Hernández Fraguas.
En entrevista posterior a la aprobación de esta propuesta, el legislador local afirmó que la iniciativa fue enviada por la fracción parlamentaria del PRI que encabeza el diputado Francisco García López y por la Auditor Superior del Estado, mismas que tiene que ver con las facultades de fiscalización a todos los entes públicos que administran recursos.
El también presidente de la Comisión Permanente de Vigilancia de la Auditoria Superior del Estado señaló que aprobaron las reformas a los artículos 59 fracción XXII, 65 Bis, 80 fracción V, 111 apartado B y el 113 inciso C, de la Constitucional Política de Oaxaca.
Detalló que la fracción parlamentaria del PRI fortaleció además la iniciativa presentada por el Auditor Superior, incluyendo figuras jurídicas que legitiman y amplían el alcance de las revisiones y fiscalizaciones a la gestión financiera de los entes públicos para lograr una efectiva transparencia y rendición de cuentas.
Se logró además, explicó Hernández Fraguas, ampliar el plazo de revisión y fiscalización de las cuentas públicas tanto del Estado como de los municipios, pasando de 60 a más de 270 días para llevar a cabo dicha función.
A nivel constitucional, se contempla ahora la obligación y plazo de presentación de las cuentas públicas por parte de los ayuntamientos, con el propósito de incidir en una mejora en el proceso de transparencia y rendición de cuentas.
Se fortalece la función de la Auditoría Superior del Estado, dotándola de la atribución de revisar y fiscalizar la gestión financiera sin perjuicio de la presentación de las cuentas públicas, evitando la dictaminación y en su caso aprobación, de cuentas públicas parciales.
Por último, explicó que se modifican las atribuciones del Tribunal de Fiscalización con el propósito de que sea un verdadero órgano jurisdiccional, cuyo propósito será resolver mediante juicios las controversias que se susciten por la impugnación de resoluciones sancionatorias que imponga la Auditoria Superior del Estado.