Donará 50+1 mastografías y estudios de papanicolau gratuitos en Oaxaca
OAXACA, Oax. 25 de febrero de 2014 (Quadratín).- El Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, en sesión pública, discutió y resolvió dos juicios Electorales en los Sistemas Normativos Internos, así como un juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos.
En el primer asunto analizado, que correspondió al municipio de Santo Tomás Tamazupalam, Miahuatlán, confirmaron el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca, IEEPCO, que calificó como válida la asamblea comunitaria de nombramiento de autoridades de dicho municipio.
El Pleno del TEEPJO realizó un estudio exhaustivo del expediente en su totalidad, por lo que declararon infundados los agravios que se presentaron ante este órgano jurisdiccional, en razón de que la asamblea comunitaria no presentó ninguna anomalía, violación o irregularidad, además de que fue legalmente instalada y en ningún momento se suspendió, a pesar de que quince miembros de la comunidad se retiraron, de manera voluntaria, antes de darla por terminada.
En otro asunto, el Tribunal Electoral confirmó el acuerdo del IEEPCO que declaró válida la elección de concejales de San Miguel Tlacoltepec, ya que advirtió que los miembros de la comunidad inconformes, no fueron discriminados en su derecho para ser elegidos concejales municipales, porque su sistema normativo prevé la participación de ciudadanos de las agencias para contender a dicho cargo, siempre que cumplan con los servicios requeridos.
En lo que respecta a la inconformidad que presentaron habitantes de la agencia municipal de San Mateo Coyotepec, perteneciente al ayuntamiento de San Juan Yucuita, Nochixtlán, este Tribunal declaró infundados los agravios presentados, en razón de que los usos y costumbres de dicho municipio dicta que sólo miembros de la cabecera son los que eligen a los concejales en plena autonomía y autodeterminación.
Sin embargo, el Pleno vinculó a las instituciones y órganos electorales para que agoten las medidas necesarias de conciliación con la finalidad de que en próximas elecciones pueda participar la agencia de San Mateo Coyotepec.
En el mismo sentido, confirmaron el acuerdo del IEEPCO donde validó la asamblea de San Antonio Nanahuatipam, Teotilán de Flores Magón.
Por otra parte, el TEEPJO modificó el acuerdo relativo a la calificación y validez de la asamblea de elección municipal en Tepelmeme, Villa de Morelos, por lo que ordenó reponer el procedimiento de elección del suplente del presidente municipal, síndico y concejales, y dar vista al Congreso del Estado para que designe a un administrador municipal.
Durante la sesión de Pleno, celebrada este lunes 24 de febrero, la y los magistrados electorales coincidieron que este órgano jurisdiccional tiene la obligación de fortalecer los sistemas normativos internos, y que al existir un conflicto relacionado con derechos políticos electorales en municipios que se rigen por su propio sistema normativo, es necesario buscar el diálogo entre los inconformes, a fin de armonizar la forma, el método y las reglas en que podrán participar políticamente mujeres y hombres, agencias municipales y de policía que integran un municipio, con base en las mismas instituciones comunitarias son las que determinen si existen modificaciones o no a su normatividad en caso de existir conflictos de esta índole, todos ellos, a través de la discusión y conciliación conforme a sus propias condiciones políticas, económicas, sociales y culturales.