
Fundamental fortalecer el civismo y la convivencia pacífica: Segob
OAXACA, Oax. 7 de abril de 2015.- El sistema de justicia penal acusatorio, bajo el esquema oral, que opera actualmente 4 regiones de la entidad, es el camino a una justicia plena, ágil y eficiente, ya que garantiza a la sociedad procesos más humanos, transparentes y confiables con estricto apego al respeto de los derechos humanos y el debido proceso, informó el Poder Judicial de Oaxaca.
En un comunicado se informa la entidad se encuentra en la transición de un sistema mixto, al que algunos llaman inquisitivo, a uno de carácter acusatorio basado en juicios orales, que procura la igualdad procesal, pondera la presencia de los jueces en las audiencias, así como la valoración y desahogo de pruebas ante ellos, de manera pública y verbal.
Este modelo, establecido a partir la Reforma Constitucional de 2008, se rige por los principios de publicidad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración, y se fundamenta en el predominio de los derechos fundamentales de víctimas y personas imputadas, creando nuevas figuras y mecanismos procesales, como los servicios previos al juicio, los medios alternativos de resolución de controversias, las suspensiones condicionales del proceso a prueba y los procedimientos especiales.
El principio de presunción de inocencia en el sistema de justicia penal, establece que toda persona se presumirá inocente y será tratada como tal en todas las etapas del procedimiento judicial, mientras no se declare su responsabilidad en la sentencia emitida por la autoridad judicial.
De acuerdo al principio de juicio previo y debido proceso, ninguna persona podrá ser condenada a una pena ni sometida a una medida de seguridad, a menos que exista resolución dictada por un órgano de justicia, en un proceso resuelto de manera imparcial, apegado a los derechos humanos previstos en la Constitución, los tratados y las leyes.
El principio de publicidad señala que las audiencias para la solución de los procedimientos penales serán públicas, y a ellas podrán acceder no sólo las partes que intervienen en el procedimiento, sino también el público en general; además, las partes tendrán el derecho de conocer, controvertir o confrontar los medios de prueba y oponerse a las peticiones y alegatos que emita su contrario.
Las audiencias se llevarán a cabo de forma continua, sucesiva y secuencial, preferentemente en un mismo día o en días consecutivos hasta su conclusión, y se desarrollarán íntegramente, en presencia de las autoridades judiciales, así como de las partes que deban de intervenir en las mismas.
El sistema acusatorio penal garantiza a las partes, en condiciones de igualdad, el pleno e irrestricto ejercicio de los derechos previstos en la Constitución, los tratados y las leyes; y no admite discriminación alguna, motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condición de salud, religión, opinión, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto dañar los derechos y las libertades de las personas.
Diversos estándares nacionales e internacionales de derechos humanos constitucionalmente reconocidos, así como el Código Nacional de Procedimientos Penales -que próximamente regirá a todas las entidades del país-, garantizan que la procuración e impartición de justicia en el sistema penal acusatorio sean apegadas a derecho, alejadas de la opacidad, dilación y la parcialidad.
En Oaxaca, el sistema penal acusatorio opera en las regiones de la Mixteca, Istmo de Tehuantepec, Costa y Cuenca del Papaloapan.