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SCJN: justicia a la AMLO y no real
MÉXICO, DF, 20 de abril de 2015.-Las votaciones más polémicas y esperadas en el seno del pleno o de las salas penal y civil de la Suprema Corte de Justicia de la Nación han revelado un sistema perverso de la aplicación de la justicia: las votaciones a mano alzada, no la aplicación de la ley ni el razonamiento de la justicia que debe proteger al débil.
La última votación en el pleno tocó uno de los puntos más sensibles de la aplicación de la justicia: el arraigo, una figura que tiene ver con la lenta y desordenada aplicación de la ley porque se detiene a un presunto delincuente, se le aísla durante días, y mientras tanto las investigaciones siguen. El problema radica en que un presunto culpable es apresado sin acusaciones concretas y sólo meras sospechas.
La votación la ganó la permanencia del arraigo por 6 votos a favor y 5 en contra. Pero el problema que dejó ver este sistema de votación por mayoría es que los que perdieron en realidad fueron los que esgrimieron los mejores argumentos jurídicos, de justicia y de derechos humanos. Pero ganó la mayoría por el simple mecanismo de ser más que los otros.
De ahí que el sentido de la justicia en el máximo tribunal judicial y constitucional reproduce la barbaridad de la justicia populista: la que impone el número y no la calidad de los argumentos. En este contexto, el máximo tribunal ha liberado o mantenido en prisión a personas no por razonamientos de la ley sino por el sentido de las minorías.
En el sistema de jurados del modelo de impartición de justicia de EE.UU. funciona el mecanismo de mayoría unánime: los doce jurados escogidos con la aprobación de los abogados de la fiscalía y de la defensa deben de votar igual.
Por tanto, ello obliga a la investigación policiaca y pericial a no dejar duda de la presunta culpabilidad de los acusados. Si no se logra la unanimidad de los doce jurados, la sentencia se pospone. Desde luego que este modelo suele dejar muchos huecos por los que se escabullen culpables, pero en realidad se establece la responsabilidad sin dudas de los acusados.
En el debate sobre el arraigo, los mejores argumentos en contra del esquema de arresto informal de los presuntos culpables fueron establecidos por el ministro José Ramón Cossío Díaz –ver su razonamiento en http://noticiastransicion-mx– pero al final fue derrotado por la mayoría de ministros. En consecuencia, la legalización del arraigo se logró dejando la duda sembrada por quienes se opusieron. Lo mismo ocurrió, en sala, con la votación que liberó a la secuestradora Florence Cassez por mayoría y no por razonamiento jurídico.
El sistema de mayoría simple es muy lopezobradoriano, con votación a mano alzada. Puede darse el caso de que los argumentos de la mayoría de ministros en los casos del arraigo y Cassez fueran impecables, pero la existencia de otros ministros con opiniones diferentes deja a la justicia no en los términos de equidad de Aristóteles o Cicerón –su Atticus encarnó en el abogado de la novela de Haper Lee Matar a un ruiseñor–: darle la razón a quien la tiene, sino en función de quien logre la mayoría.
La reorganización de la Corte y de los mecanismos legales y de aplicación de justicia debieran contemplar que las votaciones en la Corte fueran por unanimidad, lo que obligaría a encontrar términos intermedios en los que se incluyan los argumentos de las dos posiciones en pugna. Porque podría darse el caso de que los ministros pierdan votaciones no por incapacidad sino por argumentación de mayorías a mano alzada.
El arraigo ha sido una figura que oculta la incompetencia de las autoridades para investigar y acusar y deja al arraigado con la sombra de duda sobre su presunta culpabilidad. Y así, el arraigo estaría fabricando presuntos culpables y cubriría la incompetencia de la fiscalías.
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@carlosramirezh