
Votará Morena sin demora reforma que defiende soberanía: Nino Morales
México, D.F. 8 de septiembre de 2009 (Quadratín).- A fin de que el Estado mexicano cuente con todos los instrumentos para enfrentar situaciones de emergencias sanitarias como el que vivimos en los meses de abril y mayo, el Senador Adolfo Toledo Infanzón propuso reformas al artículo 77 de la Ley de Propiedad Industrial para que el otorgamiento de licencias obligatorias de una patente en casos de emergencia nacional se realice en un plazo no mayor de tres días.
Aún cuando la urgencia sanitaria al parecer ya terminó y el brote del virus de influenza ya está controlado, todavía sigue activo el problema y un rebrote es cada vez más probable, advirtió Toledo infanzón.
Por ello, dijo debemos agilizar los mecanismos para que las empresas farmacéuticas en casos de enfermedades graves que sean causa de emergencia, puedan obtener una licencia temporal que permita garantizar el abasto de medicamentos en hospitales y farmacias en un tiempo oportuno y con la rapidez necesaria para proteger a la población.
Actualmente, la ley establece que el Consejo de Salubridad debe realizar una declaratoria de atención prioritaria, publicarla en el Diario Oficial de la Federación, esperar a que las empresas farmacéuticas soliciten una licencia de utilidad pública sobre las medicinas que tienen patente y previa audiencia, el Consejo otorgará licencias en un plazo no mayor de 90 días.
El mecanismo actual es complicado y el tiempo de 90 días es muy prolongado para atender de manera eficaz una emergencia epidemiológica, enfatizó el Senador oaxaqueño.
Finalmente, el Senador priísta señaló que el titular de la patente no sufrirá menoscabo en su patrimonio porque se mantendrá la disposición de que reciba las regalías correspondientes y que esta medida sea de carácter temporal y dure sólo mientras pasa el punto álgido de la epidemia.