Día 23. Por oportunismo, crisis en Ciencias Políticas de la UNAM
Signos y señales
MÉXICO, DF. 21 de agosto de 2015.- Esta semana en un contexto económico difícil, se presentó la Iniciativa de Ley en Materia de Disciplina Financiera en Estados y Municipios, que es una buena aportación: precisa y mejora muchos aspectos como el Registro de deuda, la mayoría calificada, la licitación de la contratación, el destino de los recursos y los límites al endeudamiento de corto plazo, pero en otros aspectos entra en contradicción con otras leyes, rebasa el ámbito de la disciplina financiera y puede invadir facultades de los congresos locales, como al pretender un tope a la contratación de servicios personales y que los recursos del Ramo 33 se tengan que reintegrar a la TESOFE al terminar el año, ya que hay casos de recursos transferidos en diciembre, además de que hoy los recursos observados se reintegran a los propios fondos. De lo contrario pierde la gente, al convertirse los recursos en “economías presupuestales”.
Ya existía el Registro de Deuda Pública, en la UCEF desde 2002, ahora será el Registro Público Único y será obligatorio. Dado que desde 1998 se estableció en la Ley de Coordinación Fiscal, que el mismo sería voluntario y sólo serviría “para fines estadísticos e informativos”. Cuando el caso Coahuila así era. Por ello es sano este cambio, así como al incluir también el registro de todo tipo de obligaciones financieras, que se ha dicho en la Ley incluso, que no son deuda pública -como los PPS o APPS- pero si generan compromiso de pago, muchos han estado garantizados con participaciones o ingresos propios de las entidades y pocos casos traen su propia fuente de pago. Es claro que toda obligación financiera es deuda, directa o indirecta, pero es deuda y se requieren recursos presupuestales para pagarla.
Es sano lo de la mayoría calificada por parte del Congreso local, ya que incluso podría mencionarse hasta de criminal para la hacienda estatal, autorizar a ciegas a los gobernadores un endeudamiento adicional “hasta por…”, sin saber para qué, los mecanismos de contratación que se seguirían, las condiciones del crédito y las comisiones respectivas, quedando en todo, al margen, el propio Congreso local.
La semana pasada escribí en El Financiero que la mitad del endeudamiento de las entidades federativas, se concentraba en cinco, y con otras cinco, se llegaba a tres cuartas partes, por lo que se trataba de un problema focalizado. También los casos extremos de Gobiernos que han rebasado con muchos los promedios de endeudamiento respecto al PIBE y a las participaciones.
El destino para fines productivos ya está en la Constitución.
Correcto que la decisión de con quién contratar se licite y hacer este proceso transparente. Se debe extender a las reestructuras y fijar topes a las comisiones que se pagan, pasando por supuesto por la autorización de los congresos locales. Ha sido escandaloso y opaco el negocio de las mismas en algunas entidades, como lo sucedido en Chiapas, hace poco más de seis años.
Finalmente leía ayer en otro medio, que confunden los pasivos con proveedores y contratistas, que efectivamente es un problema mayor, con lo que la Iniciativa dice de los créditos de liquidez de corto plazo que se deberán pagar tres meses antes de que termine la Administración, lo cual es correcto. Son cosas totalmente diferentes.
Creo que la Ley se debe acotar a la deuda pública y sus aspectos particulares, porque temas que aunque sean correctos, son asuntos de los congresos locales, en otros espacios y pueden acordarse en la CONAGO. Cada estado tiene un grado de siniestralidad diferente, igual que la fortaleza o debilidad de sus economías, y es clara la precariedad de sus ingresos totales y los locales: por ejemplo este mes las participaciones son menores en términos reales a las del año pasado, aunque van arriba del programa.