Día 24. Claudia: forjar su hegemonía, no la de AMLO
¿Es en serio Eviel?
Oaxaca, Oax. 13 de septiembre de 2009 (Quadratín).- Este domingo, 13 de septiembre celebramos el día de la juventud mexicana, misma fecha en que seis niños que en sentido estricto eran jóvenes, bañaron de heroicidad un capítulo de nuestra historia en Chapultepec en 1847.
Las declaraciones del coordinador de nuestra bancada Oaxaqueña en la cámara federal de diputados nos congratulan. Eviel dijo: Los jóvenes deben tener una creciente participación en todos los ámbitos del desarrollo nacional, por lo que la bancada oaxaqueña impulsará la creación de una Ley Federal de Jóvenes.
La legislatura que se fue nos la prometió y falló. Estaremos pendientes de que lo tenga presente. Pero además de lo federal, en Oaxaca estamos a la espera de un instrumento jurídico destinado a los jóvenes. Nuestro peso en las estadísticas del INEGI y nuestra presencia nada despreciable en las del Registro Federal de Electores, lo hacen inobjetable. Va para la reflexión el siguiente ensayo.
INTRODUCCIÓN
Para evitar caer en la anarquía conceptual, abrazando el criterio fijado por nuestro Instituto Mexicano de la Juventud en su Tercera Encuesta Nacional del Juventud, podemos definir para objeto de este estudio a la juventud como el grupo poblacional cuya edad oscila entre los 12 y los 29 años.
Bajo esta definición podemos decir, según datos proporcionados por el XII Censo Nacional de Población y vivienda, que el estado de Oaxaca cuenta con una población joven de alrededor de 1 millón 300 mil habitantes.
Si tomamos en cuenta que la población total del estado para el año 2000, mismo en que dicho censo fue levantado, era de poco menos de 3 millones y medio de habitantes, estaremos en posibilidades de afirmar que los jóvenes en Oaxaca representan más de la tercera parte de la población, cifra por demás significativa. Es, sin embargo, evidente que los esfuerzos gubernamentales enderezados hacia la atención de la problemática juvenil no guardan la misma proporción en relación con el peso específico de este extenso grupo de edad.
Este trabajo se orienta entonces a la construcción de un modelo de políticas públicas que permitan a un mayor número de jóvenes en Oaxaca integrarse a los diversos órdenes de la vida (económica, social, cultural, política, deportiva, etc.).
DESARROLLO
Una de las virtudes de nuestro sistema federal es la posibilidad de vivir en un estado de derecho. Las leyes y no los caprichos de los gobernantes son el criterio supremo que orienta el avance de nuestras sociedades. Salvo contadas excepciones, el problema mayor que en lo particular Oaxaca y en general México enfrentan, no es el que atañe a la imperfección o inexistencia de las leyes sino a su ineficacia o absoluto incumplimiento.
Sin embargo, cuando en Oaxaca hablamos del tema de juventud, estamos hablando de una de esas contadas excepciones en que el problema sí lo reviste la falta de un ordenamiento jurídico claro que oriente las decisiones de los gobernantes, decisiones que finalmente se traducen en lo que la ciencia social llama políticas públicas.
Para hablar concretamente de nuestra entidad federativa, podemos sentirnos afortunados de que nuestra constitución local a diferencia de general de la república contiene una mención expresa a la juventud. Así, al interior de su título consagrado a las garantías individuales, en su artículo 12 establece:
El Estado impulsará la organización de la juventud, su actividad deportiva y su formación cultural.
Sin embargo esa mención es, a todas luces, insuficiente, más aún cuando no se encuentra complementada debidamente por una ley reglamentaria, que en la técnica jurídica, debe acompañar siempre a una disposición constitucional de relieve. La única disposición legal relacionada no es una ley reglamentaria, sino un decreto que inició el ex gobernador Heladio Ramírez cerca del final de su administración y que es el Decreto que crea el Instituto de la Juventud Oaxaqueña, organismo público encargado de brindar la atención gubernamental a todos los jóvenes en el estado.
No podemos conceder que dicho decreto sea complemento suficiente al texto constitucional, como para normar la elaboración de políticas públicas. Las política públicas focalizan aspectos particulares del quehacer gubernamental, pero las leyes les proporcionan los criterios generales dentro de los cuales se pueden concebir.
De este modo es que sigue siendo urgente una ley general de juventud, reglamentaria del párrafo 15 del artículo 12 constitucional local, que comience por aportar definiciones en torno a la juventud y en torno a los universos en los cuales esta se desarrolla.
Al seno de la Comisión de administración de Justicia del Congreso del estado, existe ya el expediente (presto para ser analizado) del que dicha ley puede desprenderse. Las propuestas generadas en más de 40 foros que hace ya casi dos años realizamos con la Comisión Especial para la Reforma del Estado por todo el estado aportan al proyecto la legitimidad que las llamadas fuentes reales del derecho dan a las leyes de cualquier sociedad del mundo.
Como derivación de esa consulta estamos en condiciones de saber que la problemática reflejada por la última Encuesta Nacional de Juventud es válida para Oaxaca, no cambia sustancialmente.
Con base en sus resultados necesitamos una ley que conciba un estado donde la juventud esté incorporada en la toma de decisiones que les garantice espacios de participación política y social. Que garantice el desarrollo de todas sus potencialidades. Que institucionalice la necesidad de aperturar más espacios laborales a los jóvenes y que condene la discriminación juvenil en los centros de trabajo.
Cada día más jóvenes reclaman oportunidades de estudio, capacitación y empleo. Es insostenible seguir preparando jóvenes en las instituciones educativas que a su egreso no encuentren alternativas de empleos dignos y bien remunerados. Por ello debe consignarse en la ley la obligación gubernamental de ofrecer educación de calidad, vinculada a las potencialidades productivas de nuestra entidad.
Los problemas que enfrenta la juventud están en función de las características propias de los grupos sociales a los cuales pertenecen. En el medio rural, la falta de oportunidades los hace emigrar de sus comunidades de origen y encarar situaciones de incertidumbre que generan frustración y desesperanza. En el medio urbano la juventud está expuesta a altos riesgos: delincuencia que acompaña el deterioro social, violencia informativa, alcoholismo, drogadicción y enfermedades de transmisión sexual, entre las que destaca el SIDA.
Bajo estas grandes orientaciones los actores políticos, sociales y económicos deben establecer compromisos serios y públicos que realmente impulsen el desarrollo integral de los jóvenes, haciendo de la ley letra viva:
Abrir efectivas oportunidades a jóvenes en las candidaturas a cargos de elección popular.
Evitar la discriminación en los centros de trabajo hacia la juventud por su edad, condición social, física y económica o su preparación académica.
Propiciar una coordinación institucional y articular programas, proyectos y acciones integrales dirigidas a la juventud, tales como turismo ecológico, la recreación, el deporte, la investigación científica, la cultura y desarrollo regional, entre otros.
Estrechar lazos permanentes con y entre la juventud indígena, para su participación e incorporación a las actividades productivas, el empleo y el desarrollo social.
Hacer partícipes a los jóvenes en la toma de decisiones gubernamentales, así como en el desarrollo de sus comunidades.
Promover la colaboración de la juventud en actividades voluntarias de apoyo a la comunidad.
Promover programas de participación con instituciones que apoyen y contribuyan al desarrollo empresarial juvenil, la obtención de financiamiento de proyectos productivos a micro y pequeñas empresas juveniles y la difusión de experiencias exitosas por empresarios oaxaqueños jóvenes.
Reestablecer un sistema de incentivos a las realizaciones de la juventud, incluyendo, particularmente, becas, empleos y distinciones cívicas.
Proponer la apertura de espacios laborales para la juventud en los ámbitos público y privado e impulsar mecanismos de participación y de consulta a la juventud en el trabajo legislativo del Congreso Local.
Intensificar campañas masivas de comunicación para prevenir y tratar las adicciones, así como la rehabilitación de quienes las padecen.
Impulsar a la juventud a formar parte de los programas de participación ciudadana.
Promover una mayor difusión de los derechos sexuales y reproductivos de la juventud.
Promover una política de vinculación laboral con pasantes y egresados jóvenes de instituciones de educación superior dentro de la administración pública estatal y municipal, así como en el Congreso del Estado.
CONCLUSIONES
El estado de Oaxaca tiene una población significativamente joven. EN esta tesitura urge -independientemente de la suerte que corra el proceso legislativo de carácter federal para tener una Ley Nacional de Jóvenes- una legislación que reglamente el párrafo 15 del artículo 12 de la constitución particular y que contemple rubros tan necesarios como el empleo, la educación y capacitación técnica, la diversidad sexual, los derechos reproductivos, la participación política y el trabajo juvenil desde la sociedad civil.
Con base en esa ley se espera un redimensionamiento de la importancia que los jóvenes tenemos en el devenir de nuestro estado.