Dos meses de huelga, miles de asuntos pendientes
Vivir en Comunión
OAXACA, Oax., 22 de mayo de 2016.- En la comunidad cada elemento de la vida tiene un papel que deberá desempeñar. Para empezar, el ciudadano comunitario nunca deja de desempeñar un papel en la vida comunitaria, su alejamiento de esta vida significaría la muerte física y moral. El refugio a la vida privada y contemplativa no está contemplada para el ciudadano comunitario, simplemente ha dejado de ser activo para asumir el papel de cierta pasividad, sin embargo, no deja de estar atento sobre el desarrollo de la vida comunitaria, no deja de estar en la totalidad en el todo.
Para Rousseau, cada ciudadano comunitario está vinculado a la comunidad de tal manera que se atreve a utilizar la palabra alienación para ello, “porque, en primer lugar, al entregarse cada uno por entero, la condición es igual para todos y, al ser la condición igual para todos, nadie tiene interés en hacerla onerosa para los demás”(Rousseau, Jean-Jacques: 1993, p.15).
Si bien es cierto que la comunidad es la voluntad general, el ciudadano comunitario goza de autonomía para realizar sus actividades particulares, total alienación no existe en nuestras comunidades, no ponemos nuestras personas bajo la suprema dirección de la voluntad general, como sugiere Rousseau. Si bien es cierto que la asociación comunitaria “produce un cuerpo moral y colectivo compuesto de tantos miembros como votos tiene la asamblea, el cual recibe por este mismo acto su unidad, su yo común, su vida y su voluntad”(Rousseau, Jean-Jacques.1993: p.16).
Los ciudadanos comunitarios forman el colectivo y la voluntad del mismo, no puede haber entonces contradicción entre el ciudadano y el colectivo, sólo hay divergencia en la división del pueblo y los gobernantes, en este caso no existe. Cualquier negativa de desobediencia será obligada por el colectivo, por ello, cualquier tipo de conflicto entre la comunidad y el ciudadano deberá ser resuelto por la propia comunidad, la intervención de las autoridades electorales, ha sido, en este sentido, negativa para el pueblo indígena.
Es evidente que la comunidad no es una comunidad en estado salvaje, precario, atrasado, premoderno, tradicional, antidemocrático, inmoral, falta de racionalidad legal, que algunos liberales y seguidores del derecho racional le han atribuido, por el contrario, el hombre comunitario vive en una comunidad civil diferente del estado de naturaleza, donde la fuerza del derecho impera y la libertad moral que convierte al hombre en amo de sí mismo. Lo hemos dicho, vale la pena reafirmarlo, en comunidad el hombre hace efectiva su voluntad de libertad.
Si en la comunidadla libertad es efectiva, la igualdad, cual señora, camina con garbo en todos los caminos y veredas de la comunidad, de lo único que el hombre comunitario debe cuidar es del hambre, de la sed y del frío, que se pueden considerar casi de la naturaleza, para satisfacerlas, la naturaleza es pródiga en ello. Las demás que nacen del común, la comunidad se encarga de suministrar mediante el trabajo colectivo o de los recursos del gobierno estatal o federal. Las necesidades superfluas son problemas que los particulares deben asumir.
El consentimiento de cada ciudadano comunitario de vivir juntos, de ocupar un determinado territorio, de sentirlo, no de cada persona, sino de la comunidad; de la necesidad de resaltar la historia de lo común; de reafirmar la identidad; de remarcar la diferencia; de tener un sólido destino; de revalorizar nuestras prácticas, valores y creencias. Detrás de todo está el convenio que hemos firmado todos, de vivir en comunidad, en comunión. Rousseau describió con precisión este convenio: “No es un convenio del superior con el inferior, sino un convenio del cuerpo con cada uno de los miembros; convenio legítimo porque tiene como fundamento el contrato social, equitativo porque es común a todos, útil porque no puede tener más objeto que el bien general, y firme porque tiene como garantía la fuerza pública y el poder supremo.”(Rousseau, Jean- Jacques. 1993, p.32).
En la vida comunitaria no hay pedazos de vidas, no hay parcelas, hay un campo al que hay que cultivar, en la medida de que se logre el cultivo, cada una de las plantas cultivadas crecerán robustas y podrán dar los frutos esperados de ella. Al contrario, si olvidamos el campo y nos concentramos sólo en las plantas, talvez obtengamos algunas plantas extraordinarias pero tendremos un campo olvidado.
A la totalidad en la sociedad se le conoce como el bien común, sin embargo, este bien común se le considera subordinado al bien personal, cosa contraria en la comunidad, el bien común estará siempre predominante sobre el bien particular, incluso siendo estrictos, el bien particular sólo es realizable en un bien común robusto y consolidado.
Tiene razón Macintyre cuando afirma que: “Cualquier intento contemporáneo de encarar cada vida humana como un todo, como una unidad, cuyo carácter provee a las virtudes de un telos adecuado, encuentra dos tipos diferentes de obstáculo, uno social y otro filosófico. Los obstáculos sociales derivan del modo en que la modernidad fragmenta cada vida humana en multiplicidad de segmentos, cada uno de ellos sometido a sus propias normas y modos de conducta. Así, el trabajo se separa el ocio, la vida privada de la pública, lo corporativo de lo personal. Así, la infancia y la ancianidad han sido separadas del resto de la vida humana y convertidas en dominios distintos. Y con todas esas separaciones se ha conseguido que lo distintivo de cada una, y no la unidad de la vida del individuo que por ellas pasa, sea lo que nos ha enseñado a pensar y sentir”.(MacIntyre, Alasdair: 2004, p. 252).
Un rasgo distintivo de la comunidad es que significa para la persona comunitaria es que es una existencia compartida, en la comunidad es imposible pensar una vida sin los otros, la vida compartida se manifiesta en casi todas las órdenes de la existencia; la vida particular está siempre expuesta a los otros, de aquí el reconocimiento o la condena adquieren un carácter fundamental. La vida del hombre comunitario está abierto al escrutinio de la comunidad, a diario se rinden cuentas, no hay lugar para realizar acciones en contra de la comunidad, más si realiza algún servicio público.
La comunidad no es absoluta, pues no excede y violenta la libertad de cada ciudadano comunitario, si se excede en algunos en las cargas comunitarias estará en contra de su naturaleza, al asumir un carácter particular deja de ser comunitario propiamente dicho. Lo que sí es absoluto es la seguridad de las personas por la propia comunidad, la conservación de la vida no es un acto particular, es responsabilidad de la comunidad, de aquí que no haya lugar más seguridad de vida que en una comunidad.
Al no existir la división entre poder público y poder privado, porque no hay poderes que dividir, hace nugatoria la existencia de toda burocracia y de toda idea de representación. No habrá entonces grupos intermedios, como partidos políticos, sociedad civil; no habrá instituciones representativas porque no hay nadie a quien representar. La comunidad se disuelve en la medida vayan surgiendo las mediaciones entre poder público y privado, es decir, la burocracia y los órganos de representación.
En este sentido, la autoridad comunitaria no es representativa sino que es la propia comunidad actuando. La autoridad será reconocida en la medida de la intensidad de su actuación, “hizo mucho”, “hizo algo” o “no hizo nada” son expresiones de legitimidad de la autoridad en la comunidad.