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MÉXICO, DF, 24 de enero de 2015.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó esta semana en el Diario Oficial, los beneficios fiscales que se otorgarán en materia de vivienda, para fortalecer a la industria de la construcción y que a su vez impacte de manera positiva a quienes compran una casa.
Los beneficios fiscales se otorgarán a los constructores que enajenen a plazo bienes inmuebles destinados a casa habitación y puedan considerar como ingreso obtenido en el ejercicio únicamente la parte del precio exigible durante el mismo.
También contempla un esquema de regularización de adeudos por concepto de pago del lmpuesto al Valor Agregado (IVA) causado por los servicios parciales de construcción destinados a casa habitación, proporcionados hasta el ejercicio fiscal de 2014.
Lo anterior, siempre que el impuesto al valor agregado causado, no se hubiere trasladado ni cobrado. Esta medida es aplicable al impuesto causado aun cuando no se encuentre determinado el crédito fiscal.
Indica que cuando el contribuyente haya optado por considerar como ingresos obtenidos en el ejercicio, únicamente la parte del precio pactado exigible y enajene los documentos pendientes de cobro, o los dé en pago, deberá considerar la cantidad pendiente de acumular como ingreso obtenido en el ejercicio en el que realice la enajenación o la dación en pago.
Advierte que en el caso de incumplimiento de los contratos celebrados y las contraprestaciones derivadas de los mismos, sobre los cuales se haya ejercido la opción de considerar como ingreso obtenido en el ejercicio solo la parte del precio exigible, se considerará como ingreso obtenido en el ejercicio, las cantidades exigibles en los mismos, disminuidas por las cantidades que ya se hubieran devuelto conforme a los contratos respectivos.