Avanza la rendición de cuentas como política de Estado: Colmenares
OAXACA, Oax. 24 de noviembre de 2013 (Quadratín).- En los últimos años México ha sufrido diversas transformaciones en el ámbito jurídico, la más importante el 18 de junio de 2008, con la Reforma Constitucional al Sistema Jurídico Mexicano, la cual adopta un Sistema Acusatorio Adversarial con el objetivo de dar certeza a las garantías individuales de los sujetos que intervienen, prevaleciendo la presunción de inocencia y la tramitación de un debido proceso penal.
La implementación del Sistema Acusatorio Adversarial no sólo busca brindar certeza jurídica en el marco de la legalidad, sino poner en marcha medidas eficaces para combatir a la delincuencia, acordes con las leyes mexicanas y los tratados internacionales, encargados de vigilar el cumplimiento y satisfacción de los ordenamientos jurídicos vigentes.
Este nuevo esquema de justicia penal implica modificaciones radicales en las prácticas, ritualidades, lógicas y destrezas de los operadores, así como una adaptación de la cultura jurídica y de los comportamientos de los actores, en especial de jueces, abogados, fiscales y auxiliares de la administración de justicia.
El nuevo sistema procesal penal distingue dos etapas fundamentales. La primera fase ocurre ante el Juzgado de Garantía, y se extiende en términos generales desde la audiencia de control de la detención, pasando por la audiencia de formalización de la investigación, hasta la audiencia de preparación del juicio oral, incluyendo la posibilidad de salidas alternativas como la suspensión condicional del procedimiento y los acuerdos reparatorios, o la terminación a través de procedimientos especiales como el abreviado.
La segunda etapa, en cambio, es la que ocurre ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, cuyas audiencias se inician con un breve resumen de la acusación formulada por el Ministerio Público, seguido por discursos de apertura de fiscal y defensor (y eventualmente de querellantes).
En esta fase se presentan evidencias por parte de fiscal y defensor vía examinación de testigos y peritos y las contra exanimaciones correspondientes, la presentación de pruebas materiales y documentales, terminando con la resolución de absolución o sentencia por parte del tribunal colegiado integrado por tres jueces de carrera.