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Detienen a 6 vinculados con préstamos gota a gota en Valle Central
OAXACA, Oax. 19 de noviembre de 2013 (Quadratín).-La etapa de investigación de los delitos en el Nuevo Sistema de Justicia Penal tiene como objetivo principal, reunir los indicios necesarios para el esclarecimiento de un hecho ilícito y, en su caso, los datos de prueba para sustentar el ejercicio o no de la acción penal en un proceso, así como la eventual acusación contra una persona que es considerada como probable responsable.
De conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esta fase corresponde al agente del Ministerio Público, quien trabaja en coordinación con la policía, dirigiendo las acciones necesarias para el ejercicio de su función, lo que garantiza una comunicación más fluida entre ellos y una investigación científica, objetiva y profesional.
La investigación, comprende desde la presentación de la denuncia o querella realizada por la víctima, o en su caso, desde la detención en flagrancia en un hecho considerado como delito, hasta la acusación y la solicitud de apertura de juicio oral por parte del agente del Ministerio Público ante el juez.
Esta etapa, trascendental en el nuevo sistema que ya opera en algunas regiones de Oaxaca, se divide en dos fases; la investigación preliminar, que tiene como meta obtener información y recopilar datos de prueba que permitan establecer si hay elementos suficientes para suponer que se cometió un hecho que la ley señala como delito y que existe la probabilidad de que una persona específica, ya identificada, lo cometió o participó en su comisión.
A partir de las pruebas recabadas, el agente del Ministerio Público decidirá si formula o no la imputación ante un juez de control. En esta etapa participan también policías y peritos, quienes deberán investigar bajo parámetros legales y respeto irrestricto a los derechos humanos y garantías que la Constitución le otorga tanto a la víctima como al imputado de dicho proceso penal.
Mientras tanto, la investigación judicial o complementaria inicia a partir de la formulación de la imputación, que es el comunicado simple, preciso y claro que realiza el agente del Ministerio Público como autoridad investigadora, al imputado, de que se está realizando una investigación formal en su contra, enterándole de los hechos que se le imputan, y los datos de prueba que tiene hasta ese momento en su contra.
Con los resultados obtenidos durante la investigación, el agente acusador podrá: formular la acusación, solicitar el sobreseimiento de la causa, pedir el uso de medidas alternas como la conciliación o la suspensión del proceso a prueba, aplicar criterio de oportunidad o solicitar el procedimiento abreviado, que es un modo simplificado de terminar el proceso.
Con la formulación de la acusación, se abre la segunda etapa; es decir, la etapa intermedia, y se continúa el proceso penal.