Avanza la rendición de cuentas como política de Estado: Colmenares
MORELIA, Mich., 10 de enero de 2016.-Los candidatos independientes deben realizar propaganda electoral diferente a la que difundan partidos políticos, a fin de evitar que el electorado se confunda por transmitirle la idea de alguna unión entre ellos, estableció el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
De acuerdo a información de un comunicado, en la tesis LII/2015 bajo el rubro “Candidatos independientes, la propaganda electoral que difundan debe apartarse de la que realicen los partidos políticos o sus candidatos.
De esta manera, debe de ser diversa a la de los institutos políticos y estar orientada a comunicar sus principios, programas, ofertas y la agenda política que representa su candidatura.
El criterio parte de la naturaleza, finalidad y razones de la creación las candidaturas independientes, y permite que la ciudadanía cuente con opciones alternas al sistema de partidos, lo que no se lograría si se difunde la propaganda de los partidos o de sus candidatos en conjunto con la de los candidatos independientes, porque se podría confundir a la sociedad al transmitirle la idea errónea de alguna unión entre ellos.
La tesis está fundamentada en el artículo 35, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece el derecho ciudadano a contender por cargos de elección popular de manera independiente, lo que posibilita que los ciudadanos puedan postularse de manera desligada de los partidos políticos.
Con este criterio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación fortalece la equidad en la contienda electoral y refrenda su compromiso con las candidaturas independientes.
Fuente: Quadratín Michoacán