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Inicia SSPC capacitación del programa Prevención para Construcción de Paz
OAXACA, Oax. 29 de septiembre de 2013 (Quadratín).- El diputado Flavio Sosa Villavicencio presentó ante el Congreso del Estado de Oaxaca una iniciativa para modificar la Constitución local y el Código de Procedimientos Penales del estado, con el fin de regular la información que las diversas instancias policiacas entregan a los medios de comunicación.
Destacó que, no obstante ser una práctica usual, la información policiaca suele ser difundida de manera que viola las garantías procesales de las personas acusadas, transgrede los derechos de las víctimas de los delitos y exhibe imágenes humanamente degradantes que atentan contra el sano desarrollo de la infancia.
Calificó como perversa esa práctica de las instancias gubernamentales relacionadas con la seguridad pública, con la procuración de justicia e incluso de las policías municipales, pues “no por ser antigua y cotidiana es menos viciada y viciosa”.
Señaló que la información policiaca suele incluir imágenes, nombres, lugares de residencia y otros datos personales de las víctimas de los delitos, quienes son exhibidas de manera irrespetuosa y frecuentemente procaz, lo que daña la honra y la reputación tanto de las víctimas directas como de las indirectas: sus familiares.
La propuesta, que se espera sea turnada este lunes a comisiones, propone modificar el artículo 8 de la Constitución con el fin de establecer que todas las víctimas u ofendidos tienen derecho al resguardo de su identidad, su imagen y otros datos personales, sea cual sea el delito que sufrieron.
El legislador explicó que hoy la Constitución local establece sólo el resguardo de la identidad y otros datos personales cuando las víctimas son menores de edad, cuando se trate de violación o secuestro, o cuando el juez lo considere necesario para su protección. El texto constitucional tampoco prevé el resguardo de la imagen.
Así, ahondó, las y los familiares de las víctimas de homicidio, por decir un delito fuera de los previstos en la Constitución, como víctimas indirectas no tienen el derecho de que se guarde no sólo la identidad, sino incluso la imagen de su pariente, que por lo regular es exhibida en medios de comunicación.
Ello deviene en un gravísimo daño moral, pues las víctimas, “con la exhibición pública ––que por lo general es descarnada y sin resabio alguno de respeto, pudor o humanidad––, son nuevamente victimizadas, agredidas por un sistema que se complace en el morbo de las páginas rojas”, expresó.
Señaló que propone también cambios en los artículos 2 fracción V y 133 del Código de Procedimientos Penales, para explicitar la obligación del Ministerio Público de resguardar la identidad, la imagen y los datos personales de las víctimas, y eliminar la precisión de bajo qué delitos tienen las víctimas ese derecho.
Flavio Sosa advirtió que la exhibición de fotografías ofensivas, humillantes, crueles y perturbadoras que se publican en las secciones policiacas también se contrapone a preceptos de Naciones Unidas para salvaguardar el bienestar de la infancia.
Mencionó las Directrices para la Prevención de la Delincuencia Juvenil, que en su párrafo 43 habla de que los medios de comunicación “deberían reducir el nivel de pornografía, drogas y violencia […], así como evitar presentaciones degradantes y humillantes, especialmente de niños, mujeres y relaciones interpersonales”.
También citó la Convención sobre los Derechos del Niño, que en el contexto de la relevancia de los medios de comunicación establece que los gobiernos “promoverán la elaboración de directrices apropiadas para proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar”.
Advirtió, igualmente, que los espacios de “nota roja” exhiben a las personas detenidas por haber sido acusadas de algún delito, relacionándolas públicamente con su comisión aun sin que se haya determinado que efectivamente incurrió en el ilícito del que se le acusa, lo que viola el principio de presunción de inocencia, estipulado en el inciso B del artículo 8 de la Constitución local.
Agregó que ello propicia que se le identifique socialmente como culpable aun sin haber sido juzgado, lo que afecta en su contra el proceso judicial y daña de manera grave la honra y la reputación, no sólo de la persona exhibida, sino incluso de sus familiares y de su círculo social.
“Nombre, fotografía, lugar de residencia, lugar de trabajo y otros datos de las personas imputadas son publicados sin la mínima prudencia ni respeto”, expuso.