Pide Nino Morales que Judicatura investigue a paristas
OAXACA, Oax., 18 de abril de 2016.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre pérdida de registro de David Monreal Ávila como candidato de Morena a gobernador para Zacatecas y de José Guillermo Favela para Durango.
En su análisis estableció que el INE debe determinar las sanciones al partido Morena y sus candidatos por las presentaciones extemporáneas de los informes de gastos de precampaña
El Pleno de la Sala Superior ordenó al Consejo General del INE determinar las respectivas sanciones al partido Morena y a los candidatos a gobernador por presentar en forma extemporánea los informes de gastos de precampaña.
En ese contexto, se resaltó que la omisión de rendir informes de precampaña es una infracción que atenta de manera grave el bien jurídico protegido porque trastoca el propio modelo de fiscalización y un esquema eficiente de rendición de cuentas; en tanto, lo que aconteció en la especie fue la presentación extemporánea de los informes de gastos atinentes.
El magistrado Manuel González Oropeza, señaló que en los asuntos presentados ante el Pleno de lo que se ocupa y preocupa es de la preservación de “un derecho político fundamental, que es precisamente poder ser votado, poder registrarse como candidato o precandidato en la etapa electoral que se encuentre y así llevar a feliz término para un partido y para ese precandidato o candidato su participación en los asuntos públicos del país”.
En su intervención señaló que en ambos casos es muy claro que se presentaron los informes de gastos de precampaña, aunque hayan sido de manera inoportuna, extemporánea e irregular, pero finalmente “prueban una cosa: que hay la convicción de que el partido o el precandidato y el precandidato, sí presentaron un informe”.
“Y para mí eso basta. Lo presentaron mal, lo presentaron equivocadamente, con base en presunciones que no son correctas. Eso es otra cosa, pero hubo la presentación del informe, tardíamente, pero hubo la presentación del informe. Esto quiere decir que el partido y el candidato o el precandidato, cumplieron con la obligación legal de hacer estos informes”, comentó.
Pero lo que sí es muy claro, destacó González Oropeza, es que finalmente se cumplió con la presentación del Informe de gastos, y eso ya automáticamente elimina la posibilidad de aplicar una sanción constitucional tan importante, como es la cancelación de un registro para participar en un proceso electoral.