Exhorta Irma Bolaños a trabajar en favor de grupos prioritarios en Oaxaca
OAXACA, Oax. 24 de agosto de 2014 (Quadratín).- En relación a la nota periodística publicada en el diario Reforma y reproducida en algunos medios de comunicación del estado de Oaxaca, referida a una investigación en curso realizada por la Procuraduría General de la República, respecto de una presunta defraudación fiscal en el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca IEEPO, correspondiente al ejercicio 2011, siendo director de ese organismo el Maestro Bernardo Vásquez Colmenares, se hacen las siguientes precisiones:
Con fecha 5 de diciembre de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el «Decreto por el que se otorgaron diversos beneficios fiscales en materia del Impuesto Sobre la Renta ISR, Derechos y Aprovechamientos”, mediante el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Púbico SHCP ofreció aplicar estímulos fiscales a todas las entidades públicas del país que optaran por regularizar su situación fiscal, como consecuencia de retenciones no efectuadas del ISR en la nómina de trabajadores.
En consecuencia, el IEEPO decidió acogerse a los beneficios de esta disposición administrativa ofrecida por la SHCP, y en los términos del referido decreto, procedió a autodeterminarse con cargo al ejercicio fiscal 2011, estímulos fiscales por un monto de $101,397,966.00, correspondientes a pagos indebidos realizados en el periodo enero-diciembre de 2009.
Como resultado de una revisión de auditoría iniciada en el mes de noviembre de 2011, el Servicio de Administración Tributaria SAT, a través de la Administración General de Auditoría Fiscal Federal, emitió el 9 de diciembre de 2013 un Dictamen Técnico Contable en el que estableció – inicialmente- que el IEEPO se habría beneficiado incorrectamente de este estímulo.
No obstante, esta observación fue solventada en tiempo y forma, como lo demuestran diversos oficios emitidos por el SAT, en particular, mediante los siguientes oficios:
-Primeramente mediante el escrito de fecha 9 de septiembre de 2013, con número 400-63-01-00-10-2013-21777 emitido por la Administración Local de Recaudación de Oaxaca, donde se informa que:
“se condonaron al IEEPO los créditos fiscales por concepto de retenciones de Impuesto Sobre la Renta de sueldos y salarios que corresponden a los períodos de septiembre y noviembre del ejercicio fiscal 2012”.
-Asimismo, a través del oficio número 500-45-00-02-01-2014-03379 de fecha 26 de mayo de 2014, emitido por la Administración Local de Auditoría Fiscal de Oaxaca, donde se indica:
“se comunica al IEEPO la conclusión de la visita domiciliaria que nos ocupa sin observación alguna y sin determinar crédito fiscal alguno, precisamente por haber corregido su situación fiscal por lo que hace al mes de diciembre de 2012”.
-Finalmente, mediante el ocurso suscrito el 27 de mayo de 2014 con número “500-05-02-2014-19014” por parte de la Administración Central de Fiscalización Estratégica del mismo SAT donde se notifica:
“se comunica al IEEPO la conclusión de la visita domiciliaria que nos ocupa sin observación alguna y sin determinar crédito fiscal alguno, precisamente por haber corregido su situación fiscal por lo que hace al mes de diciembre de 2012”
-A partir de los elementos arriba referidos y de la condonación del mencionado crédito fiscal, por parte del propio Servicio de Administración Tributaría, se deprende que ha concluido el expediente administrativo relativo.
El Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca se encuentra en total disposición de ofrecer a los organismos de fiscalización o instancias jurisdiccionales competentes, el expediente del caso en comento, con el propósito de corroborar y aclarar el cabal cumplimiento de las obligaciones públicas y fiscales que corresponden al IEEPO sobre el tema que sobre el particular se pudiera imputar.