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OAXACA, Oax. 15 de octubre de 2013 (Quadratín).- En sesión especial de Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) se calificó y declaró la validez en 21 municipios de la entidad que electoralmente se rigen por Sistemas Normativos Internos.
Así se validó la elección de los municipios de San Andrés Ixtlahuaca; Guelatao de Juárez; San Melchor Betaza; Santa Ana Yareni; Santo Domingo Roayaga; San Bartolo Yautepec; Santa María Zoquitlán; San Baltazar Loxicha; San Agustín Tlacotepec; San Esteban Atatlahuca; San Martín Huamelulpam; Santa María Nduayaco; Magdalena Jaltepec; Magdalena Yodocono de Porfirio Díaz; Magdalena Zahuatlán; San Juan Diuxi; San Mateo Sindihui; San Miguel Piedras; Santiago Huauclilla; Mixistlán de la Reforma y San Pedro Ocotepec.
Dichos municipios se suman a los 53 calificados en sesiones del Consejo General celebradas el 31 de agosto y 27 de Septiembre.
Posterior a la Sesión Especial, se realizó una Sesión Extraordinaria en cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, en el expediente RIN/EA/45/2013 y sus acumulados RIN/EA/49/2013 y RIN/EA/54/2013, por lo que se realizó la designación de regidurías por el principio de Representación Proporcional a la Coalición “Unidos por el Desarrollo” y al Partido Nueva Alianza, en la elección de Concejales al Ayuntamiento del Municipio de Salina Cruz.
De igual forma se dio cumplimiento a la resolución dictada por el Tribunal Estatal Electoral del Poder Judicial de Oaxaca, en el expediente RIN/EA/29/2013 y su acumulado RIN/EA/41/2013, donde ordenó expedir la Constancia de Mayoría y Validez a la planilla de candidatas y candidatos postulados por la Coalición “Unidos por el Desarrollo” en el Municipio de San Juan Colorado.
En ese mismo sentido se asignaron las regidurías por el principio de Representación Proporcional a la Coalición “Compromiso por Oaxaca”, en la elección de Concejales al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Colorado.
También este 14 de octubre, el Consejo General celebró una sesión extraordinaria donde se resolvieron diversos casos llegados a la Comisión de Quejas y Denuncias, como el recibido en contra de la ciudadana Guillermina Virginia Cruz Velasco, por la probable realización de “actos anticipados de precampaña ilegal en tiempos no permitidos por la ley”, realizados en la jurisdicción del municipio de Santa Lucía del Camino, Oaxaca.
Sobre ese caso, se declaró fundada la queja y se aprobó imponer una amonestación pública, prevista en el artículo 281, fracción II, inciso a) del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca.
En otro acuerdo presentado por la Comisión de Quejas y Denuncias, se aprobó no dar por acreditada la conducta denunciada en el Procedimiento Sancionador Especial, en contra del ciudadano José Ignacio Ricoy Ramos y el Partido Revolucionario Institucional por supuestas violaciones a legislación electoral en el Municipio de Pedro Tapanatepec, Oaxaca.
De igual forma se aprobó no dar por acreditada la responsabilidad imputada al ciudadano Edgar Hernández García, relativa a la presunta colocación de propaganda político-electoral en el equipamiento urbano ubicado en diversos lugares del municipio de Santa María Huatulco, Oaxaca.
Sobre la misma queja se aprobó no dar por acreditada la responsabilidad imputada al Partido Nueva Alianza en Oaxaca, por la presunta colocación de propaganda político-electoral en el equipamiento urbano ubicado en diversos lugares del municipio de Santa María Huatulco, Oaxaca.