Economía en sentido contrario: Banamex
CIUDAD DE MÉXICO, 10 de noviembre de 2017.- El 26 de mayo de 2015, se aprueba la Ley de Disciplina Financiera, para regular y controlar el endeudamiento de las entidades federativas y de los municipios, pero fue publicada un año después en abril de 2016.
Su objetivo es ordenar con transparencia, mediante reglas específicas de disciplina financiera, la contratación de deuda.
Este año elaborado por la UCEF se publica el Sistema de Alertas, un paso adelante, pero perfectible, como lo referentes a las obligaciones de corto plazo, donde estados como Veracruz, Chihuahua y Quintana Roo, a pesar de los escándalos sobre sus deudas con universidades, proveedores y contratistas, son mejor calificadas que la Ciudad de México, cuyo perfil de ingresos y de deuda en relación a los indicadores como PIBE, participaciones e ingresos totales superan al de los Estados.
Por otra parte, no olvidemos que en cinco entidades se concentra la mitad de la deuda subnacional y que con otras cinco llegan a tres cuartas partes de la misma. Sin embargo, en la Ley se da un tratamiento similar a todos, incluyendo los que no tienen deuda significativa o de largo plazo, como Tlaxcala.
Un tema delicado tiene que ver con el retiro de facultades importantes en materia de gasto con recursos propios de libre disponibilidad, a los congresos locales, aunque siempre encontraran mecanismos para superar las restricciones. Además de que, al tratar de etiquetar el destino de los ingresos propios excedentes, se desincentiva la recaudación de ingresos propios, que de por si es exigua en la mayoría de los estados y municipios, no solo por el bajo potencial recaudatorio de sus impuestos y por sus débiles administraciones tributarias, lo cual se ha criticado, pero con esto, se desincentiva más el esfuerzo local y algunas pueden pensar en la descoordinación futura.
Por ello en espera de una reforma integral a la normativa existente, que será hasta después de 2018, con la generación de nuevos consensos, es importante la reforma propuesta por diputados de diversos partidos, que se votara la próxima semana. Iniciativa que reforma varias disposiciones de la Ley de Disciplina Financiera.
Fundamentalmente se precisan diversos términos jurídicos y técnicos, para simplificar el uso eficiente y a tiempo de recursos propios de libre disposición para enfrentar con oportunidad la atención a la población afectada y los procesos de reconstrucción derivados de los desastres naturales, evitando tener que realizar análisis de costo beneficio, cuando el gasto de inversión se destine a enfrentar estos eventos que han afectado históricamente al sureste mexicano, particularmente a Oaxaca y Chiapas. Lo anterior sin violentar las leyes y normas vigentes, así como la transparencia fiscal.
Un punto relevante es la prohibición de que las obligaciones de corto plazo puedan ser objeto de refinanciamiento o reestructura a plazos mayores a un año, lo cual efectivamente viola el principio constitucional de que la deuda a plazo mayor solo puede destinarse a inversión productiva, y la de corto plazo a cubrir insuficiencias de liquidez. Recordemos el caso Coahuila, cuando en mayo de 2011 la Comisión Nacional Bancaria revelo la deuda de corto plazo de los estados y aparecieron 23 mil millones en ese estado, que después de lo que todos sabemos pasó, se reestructuro como deuda de largo plazo, sin haber sido destinada a inversión productiva. Se corrigió así, porque la Ley no lo prohibía. Fue borrón y deuda nueva.
Es importante por supuesto ratificar la obligatoriedad del Registro Único de Deuda Pública, ya no de carácter voluntario e informativo.
Un dulce temporal
A octubre los estados han recibido casi 38 mil millones de pesos, por arriba de lo programado, excepto Campeche y Tabasco, a pesar de un ajuste cuatrimestral negativo de 13 mil millones de pesos. Pero su distribución es el problema.
[email protected]