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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de agosto de 2016.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió el Pronunciamiento sobre Antecedentes Penales, a través del cual evidencia la urgencia de garantizar el ejercicio de los derechos fundamentales de aquellas personas que han egresado de la prisión, con el fin de alcanzar una reinserción social efectiva, como se ordena en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En un comunicado, la CNDH señala que al obtener la libertad, se inicia un difícil proceso, el cual en muchos casos conlleva discriminación y exclusión, lo que implica señalamientos por esta condición, situación que de manera trascendental afecta, no sólo a la persona liberada, sino también a su familia.
Esta situación se presenta también, al requerir antecedentes penales relacionados a familiares directos o indirectos y no sólo los propios, al momento de acceder a algún derecho, como suele suceder al solicitar el ingreso a un trabajo.
Es por ello que la CNDH entiende de igual forma, como prioritaria esta atención, debido a que la pena de prisión no debe afectar de ningún modo a familiares de quien se le haya impuesto la mencionada sanción, lo que resulta violatorio a la Constitución, al transformarse esta pena en trascendente.
En este Pronunciamiento se señala que el restringir el ejercicio pleno de los derechos de una persona sentenciada resulta excluyente por lo que considera que, si bien es cierto que los antecedentes penales forman parte del pasado de la persona, éstos se encuentran dentro de su vida privada y el requerimiento de éstos y su difusión, la discrimina ante la posibilidad de una segunda oportunidad.
El documento incluye también criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como el relativo a la Jurisprudencia sobre Antecedentes Penales, que señala que “si una persona comete un ilícito no podría quedar marcado con el estigma de ser infractor el resto de su vida, porque ello obstaculizaría su reinserción social.”
En este señalamiento se considera que esta desatención implica negar el derecho a la reinserción social efectiva, al utilizarlos como requisitos, ya sea para acceder a un trabajo, a una posibilidad educativa o en general al ejercicio de un derecho, considerando que difícilmente se puede asumir como verdaderamente libre bajo todos estos supuestos.
Ante ello la CNDH consideró que debe fortalecerse el derecho a la reinserción social efectiva como un derecho exigible que permita que las personas que han obtenido su libertad no sean estigmatizadas y cuenten con otra oportunidad de vida dentro de la comunidad.
Este documento contiene 9 pronunciamientos, en donde la armonización normativa se puntualiza a fin de acceder también al derecho de contar con un proyecto de vida que no se vea limitado por contar con antecedentes penales, desindexando éstos datos de los motores de búsqueda públicos, limitando el acceso de estos para fines estadísticos, de prevención e investigación del delito, sin que puedan asociarse los datos personales o familiares con la persona de manera específica.
Lo anterior lo refiere, sensibilizando a la sociedad, con el trabajo directo con organizaciones de la sociedad civil, sobre la importancia de la reinserción social efectiva para todas las personas con el fin de acceder a una segunda oportunidad de vida en libertad.
El Pronunciamiento sobre Antecedentes Penales puede consultarse en la página CNDH