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El Poder Judicial del Estado reconoce la importancia de la reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en materia de órdenes de protección Atiende Poder Judicial accesibilidad de las mujeres a las órdenes de protección
OAXACA, Oax., 10 de mayo de 2021.- El Poder Judicial de Oaxaca reconoció la importancia de accesibilidad de las mujeres a las órdenes de protección y reiteró su compromiso en el tema al ser una de las instituciones a las que compete emitir esta resolución judicial.
En un comunicado, informó que el pasado 18 de marzo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se modifican y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de órdenes de protección.
De acuerdo con información de la Unidad de Igualdad de Género dependiente de la Dirección de Derechos Humanos del Consejo de la Judicatura, la Reforma establece la emisión de las órdenes de protección dentro de las cuatro horas posteriores al conocimiento de los hechos; la duración a 60 días y su ampliación por 30 días más o hasta que cese el riesgo.
Las mismas deberán otorgarse en el momento en que las autoridades competentes tengan conocimiento de un hecho de violencia presuntamente constitutivo de un delito o infracción, que ponga en riesgo la integridad, libertad o la vida de niñas o mujeres.
Las órdenes de protección son actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima y en todo momento evitan que la persona agresora, directamente o a través de algún tercero, tenga contacto de cualquier tipo o medio con persona afectada, mediante la desocupación por parte del agresor, del domicilio conyugal o de pareja, independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble, aun en los casos de arrendamiento del mismo.
Ante ello, el Poder Judicial del Estado exhorta a juezas y jueces de la institución a fortalecer la emisión, implementación y seguimiento de las órdenes de protección, observando el principio de debida diligencia y a eliminar todas aquellas disposiciones que puedan implicar condiciones y restricciones en la emisión de las mismas.
En este tema, del cinco de enero al 30 de abril del 2021 se han concedido 108 órdenes de restricción dentro de los asuntos urgentes atendidos en materia familiar.