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OAXACA, Oax., 19 de octubre de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo este lunes el caso de la saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos Ortiz, sobreviviente de un ataque con ácido en 2019, para revisar la legalidad de la anulación del juicio en el que habían sido absueltos los acusados de tentativa de feminicidio.
Por siete votos contra uno, el Pleno aprobó ejercer su facultad de atracción, a solicitud del ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, y de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, ante las particularidades jurídicas de un proceso que lleva más de siete años sin una resolución definitiva.
Durante la sesión, la ministra Loretta Ortiz sostuvo que existen razones de especial interés y trascendencia para que el máximo tribunal intervenga, debido a la gravedad de la agresión y las implicaciones del procedimiento judicial.
“Estamos ante un caso de extrema violencia feminicida en la que una mujer fue atacada con ácido en el rostro, poniendo en grave riesgo su integridad y su vida”, expresó.
La ministra explicó que la intervención de la Corte permitirá precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las facultades de una persona juzgadora sustituta para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral.
La controversia se remonta al 14 de agosto de 2024, cuando el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió al empresario y exdiputado local del PRI, Juan Antonio Vera Carrizal, señalado como presunto autor intelectual del ataque, así como a dos personas acusadas de participar materialmente en la agresión.
La resolución ordenaba su liberación; sin embargo, el juez fue suspendido de sus funciones y sustituido por María Antonia Esteva Domínguez, quien dejó sin efectos el fallo absolutorio y ordenó reponer el juicio, al considerar que no podía emitir una sentencia escrita sobre pruebas que no había presenciado directamente.
Esta decisión dio origen a diversos recursos de amparo promovidos por los acusados, cuya revisión estará ahora en manos de la Suprema Corte.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, aclaró que el tribunal no resolverá en esta etapa si los acusados son culpables o inocentes, sino la validez de las decisiones judiciales adoptadas durante el procedimiento.
La discusión se centrará en determinar si una jueza sustituta puede anular un juicio oral cuando el juzgador original ya escuchó las pruebas y emitió un fallo, pero todavía estaban pendientes la redacción de la sentencia y su audiencia de lectura y explicación.
El caso de María Elena Ríos se convirtió en uno de los más representativos de la violencia contra las mujeres en Oaxaca.
El 9 de septiembre de 2019, la saxofonista fue atacada con ácido en Huajuapan de León, agresión que le provocó graves quemaduras en el rostro y el cuerpo, además de obligarla a someterse a múltiples intervenciones médicas.
Desde entonces, la músico ha denunciado obstáculos en el acceso a la justicia y ha exigido que se sancione a los responsables del ataque.
En mayo de 2026, la Suprema Corte había rechazado una solicitud para atraer los amparos relacionados con este proceso. Cinco meses después, el máximo tribunal decidió intervenir mediante la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 566/2026.
La determinación abre una nueva etapa judicial en un caso que ha generado atención nacional por la gravedad del ataque, las decisiones contradictorias durante el proceso penal y la exigencia de justicia de la víctima.
La Corte deberá establecer un criterio sobre los límites de actuación de los jueces sustitutos y la aplicación del principio de inmediación, con implicaciones para el debido proceso, la seguridad jurídica y el acceso a la justicia de las víctimas de violencia de género.