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CIUDAD DE MÉXICO, 20 de agosto de 2018.- El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, la sentencia de la Sala Regional Toluca, en la que se modificó los resultados de los cómputos de la elección de senadores en el Estado de México y confirmó la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría y validez otorgadas a favor de los candidatos Delfina Gómez Alvarez e Higinio Martínez Miranda de la coalición Juntos Haremos Historia (principio de mayoría relativa), y Juan Manuel Zepeda Hernández, de la coalición Por México al Frente (primera minoría).
Al resolver el SUP-REC-853/2018, las magistradas y magistrados establecieron que, a partir de las constancias que obran en autos, se carece de elementos que lleven a concluir que el candidato señalado rebasó el tope de gastos de campaña, por lo que no procede declarar nulidad de la elección de mayoría relativa, así como la revocación de la constancia otorgada a la primera minoría.
De acuerdo a un comunicado del Tribunal, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) denunció que el candidato perredista que obtuvo la primera minoría al Senado de la República en el Estado de México rebasó el tope de gastos de campaña en un 6.24 por ciento, derivado de la omisión de reportar ante la autoridad administrativa electoral gastos por concepto de publicidad en eventos, anuncios espectaculares, mantas, utilitarios, lonas y redes sociales, entre otros, por lo que solicitó que se declarara la nulidad de la referida elección.
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