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OAXACA, Oax. 15 de agosto de 2026.- El caso de María Elena Ríos permitiría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación fijar criterios relevantes para mujeres y niñas víctimas de violencia feminicida y de género, consideró la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
Durante la discusión del recurso de reclamación 212/2026, Esquivel respaldó que continúe el procedimiento para determinar si la Corte atrae los amparos relacionados con el proceso contra Juan Antonio Vera Carrizal.
“La atracción de los recursos respectivos permitirá fijar criterios importantes para la víctima en esta causa”, expuso la ministra durante la sesión.
Esquivel recordó que María Elena Ríos fue atacada con ácido en el rostro y señaló que el alcance de una eventual resolución podría ir más allá de su caso particular.
“También para todas las mujeres y niñas que son víctimas de violencia feminicida y de violencia de género”, sostuvo.
La ministra consideró relevante que la Corte analice un caso de tentativa de feminicidio y una modalidad de violencia que también se ha presentado en otras agresiones contra mujeres.
El pronunciamiento ocurrió al resolver el recurso promovido por la defensa de Vera Carrizal para impedir el trámite de una nueva solicitud de atracción.
La defensa argumentó que la Suprema Corte ya había rechazado en mayo conocer los cinco amparos y que esa determinación impedía plantear nuevamente la petición.
Esquivel explicó que una decisión anterior sobre la facultad de atracción, en principio, adquiere carácter definitivo, excepto cuando existe una causa extraordinaria que justifique volver a analizarla.
A su consideración, las características del caso y la posibilidad de establecer criterios en materia de violencia feminicida justifican que la solicitud continúe.
La primera petición fue rechazada por el Pleno el 13 de mayo. En esa ocasión, Yasmín Esquivel, Hugo Aguilar Ortiz y Loretta Ortiz Ahlf se pronunciaron por atraer los asuntos.
Posteriormente, María Elena Ríos presentó una nueva solicitud, que fue hecha suya por el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz y por la ministra Loretta Ortiz.
La resolución del 12 de agosto no significa que la Corte haya atraído los amparos ni que haya resuelto el fondo del proceso contra Vera Carrizal.
Lo que quedó firme es la posibilidad de continuar el procedimiento para que el Pleno determine posteriormente si los cinco asuntos reúnen el interés y trascendencia necesarios para ser atraídos.
La Ley de Amparo establece que, una vez solicitados los expedientes, el Tribunal Colegiado debe suspender el procedimiento y remitirlos a la Corte dentro de tres días hábiles.
Recibidos los autos, el asunto será turnado a una ministra o ministro, quien contará con 15 días hábiles para elaborar el dictamen sobre si procede o no ejercer la facultad de atracción.
Cumplido ese plazo, el dictamen deberá ser discutido por el Pleno dentro de los tres días hábiles siguientes. Si la Corte decide atraerlos, asumirá el estudio de los amparos; de lo contrario, serán devueltos al Tribunal Colegiado.
De esta manera, la etapa para decidir la atracción contempla hasta 21 días hábiles entre la remisión de los expedientes, la elaboración del dictamen y su discusión, sin considerar los tiempos necesarios para las notificaciones.
Los amparos derivan del proceso penal por el ataque con ácido contra María Elena Ríos, cometido el 9 de septiembre de 2019 en Huajuapan de León.
Juan Antonio Vera Carrizal está señalado como presunto autor intelectual de la agresión, investigada como tentativa de feminicidio.