Revelan a 48 aspirantes para presidir la CNDH; incluyen a Piedra Ibarra
XALAPA, Ver. 30 de diciembre de 2016.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca que, a su vez, confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) de dicha entidad federativa, que entre otras cuestiones, declaró legalmente válida la elección ordinaria del ayuntamiento de Eloxochitlán de Flores Magón, que se rige por su propio sistema normativo interno.
En un comunicado, la instancia informó que el juicio fue promovido por Alonso Nieto Guerrero y otros ciudadanos integrantes de la citada comunidad indígena a fin de obtener la revocación de la sentencia de treinta y uno de octubre pasado, y en consecuencia dejar sin efectos el acuerdo del IEEPCO que validó dicha elección de concejales.
En esencia, en su escrito de impugnación adujeron que se habían cometido diversas irregularidades durante el proceso electoral tales como que no se asignó a un intérprete; y que se debió utilizar el dictamen de la Dirección Ejecutiva de Sistemas Normativos Internos para asignar la fecha de la elección de sus autoridades, por no remitirse en tiempo las reglas del sistema normativo interno del citado municipio, entre otras violaciones procesales que adujeron.
El Pleno de la Sala Regional Xalapa declaró los agravios infundados porque, en primer término, del expediente se advirtió que no fue necesario tener a un intérprete, ya que los actores interpusieron su demanda y promociones en castellano, y de igual manera se llevó a cabo su participación en las audiencias; y en segundo lugar, conforme al derecho de autodeterminación de los pueblos indígenas no era factible imponer una fecha que no estaba previamente aceptada por su máxima autoridad interna.
Se indicó que conforme al estudio realizado de la sentencia impugnada, no se advierte la vulneración a los principios de justicia pronta y completa, y tampoco que hubiera sido parcial. De ahí que la sentencia fuera confirmada.