Ignacio Ovalle: ningún cargo público, pero sí protección
OAXACA, Oax., 12 de noviembre de 2017.- El Onceavo Congreso Nacional de Derecho Constitucional, recién realizado en la Ciudad de México, fue dedicado al análisis crítico de la nueva Constitución de la Ciudad Capital del país (CCDMX).
La CCDMX, aprobada el pasado 30 de enero, entrará en vigor en septiembre de 2018, salvo la materia electoral ya aplicable. Algunos de sus contenidos se hallan sometidos a revisión por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. De estos, algunos han sido validados y otros muy probablemente no lo serán.
Aun así, y sin desconocer sus limitaciones, la mayor parte de sus avances vanguardistas cobraran plena vigencia y se convertirán en fuente de conocimiento jurídico y político para inspirar reformas a otros textos constitucionales.
Hoy por hoy, se trata del más reciente ejercicio constituyente no sólo de México sino del planeta. Ciertamente, en Venezuela está en curso un ejercicio constituyente nacional, solo que muy polémico en procedimientos y productos.
La CCDMX se caracteriza por los elementos que recoge de los cuatro modelos teóricos que prevalecen en la materia en nuestros días: Neoconstitucional, Latinoamericano, Popular y Crítico.
Neoconstitucional porque considera al texto como norma jurídica y dota a los derechos individuales y colectivos de las garantías institucionales y procesales para lograr su mayor eficacia posible.
A la vez, fija los términos de la división entre poderes y el equilibrio hacia adentro de estos (por ejemplo, establece la independencia del consejo de la judicatura dentro del tribunal superior de justicia y crea un servicio civil de carrera para los órganos autónomos).
Asimismo, inyecta rigidez al texto porque para reformarlo se requeriría un referéndum ciudadano confirmatorio.
Latinoamericano en la medida en que el texto está orientado a promover y garantizar derechos y políticas sociales, económicos y culturales de individuos, grupos vulnerables y pueblos originarios a efecto de reivindicarlos de manera sustantiva.
Al respecto, ordena crear un instituto de planeación que proponga y evalúe la aplicación presupuestaria en relación con la satisfacción de los derechos a partir de indicadores.
Popular dado que se prevén diferentes mecanismos de democracia participativa a través de consejos ciudadanos, incluida la posibilidad de la revocación del mandato.
Crítico porque los espacios interculturales y deliberativos que dispone crear y los mecanismos para asegurar el cumplimiento de sus postulados obligarán a la retroalimentación, eficacia y mejora de sus contenidos y formas, de tal suerte que no se convierta en un instrumento del poder gubernamental autoritario sino más bien en un motor democrático auténtico.
Sumado a lo anterior, la CCDMX responde a su propio contexto porque refleja los consensos sociales y políticos forjados en su historia de gracias y desgracias, luchas y anhelos, pluralidad y diversidad, así como su condición de asiento de los poderes federales.
La CCDMX dista de ser perfecta pero al menos refleja un esfuerzo de la voluntad política y la creación científica para propiciar el progreso social de personas y grupos.
Ahora bien, aunque no se debe desconsiderar que desde el año 2000 un buen número de constituciones locales han sido rediseñadas y reformadas de manera significativa, es igualmente cierto que aún esperan innovaciones y mejores condiciones para acercarlas a la realidad que pretenden normar.
En particular, ante los cambios contemporáneos acelerados en ciencia, tecnología y economía, ante las notorias tensiones sociales que ello acarrea, la política y el Derecho están obligados a sincronizar normas, instituciones y prácticas.
En Oaxaca, la Constitución aún vigente y super-reformada desde 1922 deberá en algún momento experimentar un rediseño de fondo y forma para facilitar la gobernabilidad democrática del desarrollo con identidad y equidad de sus destinatarios.
El constitucionalismo mexicano de las entidades federativas, convertido en movimiento intelectual, social, político y jurídico, deberá contribuir al avance científico y el progreso social que exigen personas y ciudadanos, grupos y comunidades en este complejo siglo 21.
Esta última afirmación es más que un deseo personal. Es una predicción basada en la evidente y creciente necesidad de relevar el marco institucional que fundamenta, regula y orienta el devenir de nuestra entidad.
La trascendencia y potencialidad histórica de Oaxaca y sus habitantes no se corresponde y menos se merece el estancamiento y la degradación que, si no lo hacemos, continuará su curso inexorable.