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CIUDAD DE MÉXICO, 15 de diciembre de 2016.- La Cámara de Senadores aprobó, con 89 votos a favor y uno en contra, el proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones del Código Penal Federal y de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de incrementar las penas y actualizar las multas en los delitos de portación y posesión de armas prohibidos o sin licencia.
Entre las modificaciones destacan que a quien sin permiso porte un arma de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea se le sancionará con prisión de uno y hasta 15 años.
Para ello, se detalló en un comunicado, prevé establecer en el Código Penal Federal pena de prisión de dos a cinco años y de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización y el decomiso, a quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito, instrumentos que sólo pueden ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas. La ley vigente establece prisión de tres meses a tres años o de 180 a 360 días multa y decomiso.
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