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Consejo de la “caricatura”, Servil al Gobierno
CIUDAD DE MÉXICO, 18 de octubre de 2016.- Si el lenguaje es parte de la cultura jurídica, la abogacía tiene que hacerse cargo de todo lo que está cambiando en su uso, con una visión de los contextos regional y global al respecto. Dos ejemplos para ilustrar, provenientes de sede judicial, en clave de derechos humanos:
1) En 2013 la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que la libertad de expresión no puede incluir palabras homofóbicas, por arraigadas que estén en el habla cotidiana, como «maricón» y «puñal», argumentando que incitan al odio, según señaló la ponencia del ministro Arturo Zaldívar, aprobada por mayoría.
2) La Corte Constitucional de Colombia prohibió este año el uso de las siguientes expresiones referidas a personas con discapacidad: «Inválido», «con capacidades excepcionales» y «sordo», por considerar que pudieran ser usadas con fines discriminatorios.
Es posible que si en nuestro país se hubiera sustituido la denominación «matrimonio» para el contrato entre personas del mismo sexo, se habrían evitado las confrontaciones en que ahora nos encontramos hasta la polarización social. Esto es particularmente importante para la abogacía mexicana cuando cruza por cambios trascendentales y ante nuevos paradigmas que dan por concluidos hábitos y costumbres reproducidos mecánicamente durante décadas.
El modelo del sistema de justicia penal acusatorio, que tiene en la oralidad una de sus basas, obliga a tomar decisiones que alejen los riesgos de fracaso por una comunicación equivocada con las personas bajo proceso. Los actores participantes debemos tomarnos muy en serio esta nueva condición para utilizar el lenguaje que produce efectos jurídicos.
Hay antecedentes que, no obstante haber sido pensados y diseñados para la tradición jurisdiccional escrita, son puntos de partida en el uso de un nuevo lenguaje en la procuración e impartición de justicia: La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación creó, en 2007, su manual de estilo. El Tribunal Electoral del Distrito Federal elaboró la «Guía Técnica para el uso de un Lenguaje Incluyente en la Comunicaciones del TEDF», a finales de 2011. En 2015 la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió el «Manual para la elaboración de sentencias», estableciendo su modelo de sentencias a través de un lenguaje claro. Y otro referente interesante es «Lenguaje Ciudadano», manual para quien escribe en la administración pública federal, de Daniel Cassany, editado por la Secretaría de la Función Pública en 2004.
Una referencia acerca de la trascendencia de esto: Si en la propuesta de optar por el procedimiento abreviado la persona sometida a proceso no recibe una explicación entendible de todos los efectos que puede traer consigo su aceptación, en lugar de generar la prontitud de la justicia, produciremos una violación de derechos humanos. Resultado inevitable: El fracaso del nuevo sistema de justicia penal. De tal dimensión es el asunto.
Desde la sociedad civil se ha visibilizado también el tema. El Instituto de Justicia Procesal Penal explicó de manera esquemática este elemento en la nueva realidad mexicana, en el documento «¿El sistema de justicia penal necesita un lenguaje democrático?».
Tenemos que trabajar entonces en la construcción de una correspondencia entre lenguaje jurídico y percepción social de los significados. Es responsabilidad de las instituciones de justicia ―procuradurías, defensorías y tribunales― y de la abogacía en general asumirla como mecanismo para la consolidación del sistema. En esto debemos contar con el acompañamiento más sólido, por ejemplo ―atendiendo a la experiencia española―, de la Academia Mexicana de la Lengua.
El sistema de justicia penal acusatorio, que tiene en la oralidad una de sus basas, obliga a tomar decisiones que alejen los riesgos de fracaso por una comunicación equivocada con las personas bajo proceso
Juan Domingo Argüelles, en El libro de los disparates (Edición B 2016), apunta: Toda lengua culta tiende a la precisión y a la economía verbal.
El rebuscamiento, los circunloquios, el andarse por las ramas, las locuciones afectadas y coloquialmente barrocas corresponden a formas del analfabetismo cultural e idiomático.
En La carrera hacia ningún lugar (Taurus 2016), a su vez, Giovani Sartori da otra pista: Se entiende que las palabras que articulan el lenguaje humano son símbolos que evocan también <<representaciones>>, es decir, que devuelven a la mente imágenes de cosas visibles y que hemos visto. Pero eso sucede solo con los nombres propios y con las <<palabras concretas>> (como las denomino en aras de la simplicidad expositiva), es decir, con palabras como casa, cama, mesa, carne, coche, gato, mujer y similares; nuestro vocabulario práctico, por así decirlo.
Por lo demás, casi todo nuestro vocabulario cognoscitivo y teórico consiste en <<palabras abstractas>>, que no tienen ningún equivalente preciso en cosas visibles y cuyo significado no se puede reconducir ni traducir en imágenes. Ciudad todavía es <<visible>>, pero nación, Estado, soberanía, democracia, representación, burocracia, etcétera, no lo son; son conceptos abstractos, elaborados mediante procesos mentales abstractos, que designan entidades construidas por nuestra mente.
Son abstracciones <<no visibles>> también los conceptos de justicia, legitimidad, legalidad, libertad, igualdad, derecho (y derechos). Asimismo, elegidas al azar, palabras como desempleo, inteligencia y felicidad son abstractas. Y toda nuestra capacidad de gestionar la realidad política, social y económica en la que vivimos, e incluso de someter la naturaleza al hombre, se basa exclusivamente en un <<pensar por conceptos>>, que son en principio entidades invisibles e inexistentes.
Si en España fue la llegada de la democracia la que modificó los patrones de la comunicación judicial, en nuestro país el motor es el nuevo modelo de justicia penal.
En La Ciencia del Foro o Reglas para formar un abogado, publicado en 1794, se definía a este como un hombre de bien, versado en la Jurisprudencia y el arte del bien hablar para persuadir mejor la verdad de la causa que defiende. En el mismo texto se recuerda que los emperadores dijeron siempre en sus edictos que no tenían en menor aprecio la toga que la espada; que los abogados no triunfan menos con la invencible fuerza de la elocuencia, que los conquistadores con la de las armas; y que no contribuían menos a la defensa de los pueblos y conservación de los Estados, que los generales con sus numerosos ejércitos. Doscientos 22 años después cabe recordarlo en medio de la circunstancia presente. Servirá para que a las y los abogados nos entiendan y atiendan.
Este es un texto del Instituto de Justicia Procesal Penal A.C