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CIUDAD DE MÉXICO, 28 de abril de 2018.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) expresó su preocupación por la falta de acceso a las instituciones de salud como prestación laboral de más de 16.3 millones de compatriotas que realizan trabajos subordinados y remunerados, así como por los casi 30 millones de personas ubicadas en la categoría del sector informal, quienes no ejercen plenamente sus derechos a la seguridad y salud en el trabajo, a pesar estar ampliamente desarrollados en el régimen jurídico en materia laboral.
De acuerdo con resultados de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo 2016 del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi) y de la Memoria Estadística del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en ese año hubo mil 408 defunciones por riesgo de trabajo, de las que 986 fueron provocadas por accidentes de trabajo, 399 consideradas por accidentes en trayecto al centro laboral y 23 como consecuencia de enfermedades de trabajo, con la probabilidad de que tales cifras se incrementen o persistan, en el mejor de los casos.
Con anterioridad, y respecto de la totalidad de la población trabajadora, la Encuesta Nacional de Empleo y Seguridad Social del Inegi en 2013 reflejó que de los poco más de 88 millones de personas insertas en el sector económicamente activo, casi el dos por ciento reportó algún riesgo derivado de accidentes (un millón 402 mil 445) o enfermedades de trabajo (335 mil 719).
Lo anterior, a pesar de que la seguridad y salud en el trabajo están contempladas en documentos que van desde la Constitución Política en su artículo 123, la Ley Federal del Trabajo, la legislación sobre seguridad social y las normas oficiales mexicanas, sin omitir la trascendencia de las disposiciones emitidas sobre el tema en el marco de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En ocasión del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo –28 de abril–, este Organismo Nacional destacó la importancia de observar las normas relativas a la seguridad y salud en el entorno laboral de fuente nacional e internacional, así como valorar los procedimientos de inspección encaminados a garantizar el cumplimiento de las disposiciones de la materia.
Para la CNDH, la salud y la seguridad en el trabajo son determinantes para el goce de los derechos humanos laborales e interdependientes de otros derechos como al medio ambiente sano, a la salud, integridad personal e incluso la vida, respecto de las y los trabajadores que se encuentran en los alrededores de centros laborales; de ahí la importancia de su respeto, protección y garantía.
Recordó también que, en virtud de la Reforma Constitucional de junio de 2011, el artículo 1 de la Carta Magna reconoce como propios a los derechos humanos previstos en tratados internacionales en los que el Estado mexicano sea parte, dentro de los que se inscriben aquellos adoptados por México en el marco de la OIT, por ejemplo, el Convenio 155 sobre seguridad y salud de los trabajadores, el Convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo, de los que se desprenden disposiciones relevantes en materia de derechos humanos.
El Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo fue establecido por la OIT en el año 2005, con el fin de promover la prevención de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales en todo el mundo.
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